Con los procesos de Globalización, Internacionalización de la Economía, firmas de TLCs, ya estamos inmersos en los mercados mundiales y vemos como a lo largo de las dos últimas décadas el mundo ha cambiado de manera sustancial. Las reglas económicas, financieras, políticas, sociales, corporativas y personales ahora vigentes guardan muy escasa relación con las que regían veinte años atrás. Por lo que concluimos que: Tiempos diferentes exigen un nuevo guión, Nuevos Paradigmas, Nuevo Lenguaje. Esto incluye también a las MICROEMPRESAS.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Antes de cualquier pronunciamiento sobre las inquietudes planteadas, es preciso advertir que el presente documento se formula con el alcance previsto en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo(2), toda vez que los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en respuesta a una petición en la modalidad de consulta, constituyen orientaciones y puntos de vista que no comprometen la responsabilidad de la Entidad, en tanto no tienen carácter obligatorio ni vinculante.
DIAN. Base gravable en rentas percibidas por los congresistas.
La DIAN precisa que en caso de liquidación o modificación sobre la titularidad de una inversión extranjera en una sociedad en Colombia, debe cumplirse con los requisitos que obliga la legislación interna, incluida la presentación de la declaración de renta por la respectiva operación, en la cual se liquidará y pagará, en el momento de su presentación, el respectivo impuesto a cargo.
Con la pasada reforma tributaria se estableció una exoneración en parte de los parafiscales, la cual no es para todos los empleadores sino para aquellos que cumplan unas condiciones. El beneficio inicia con la nómina de mayo, que se paga en PILA en junio, según Decreto 862 de 2013.
Se buscan generar espacios de encuentro para reconstruir y fortalecer el sindicalismo desde un enfoque diferencial, integral y transformador. Para el Ministerio de Trabajo el proceso de reparación colectiva al movimiento sindical colombiano es uno de los puntos más importantes en la agenda.
El Decreto 723 de 2013 se aplica a las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un mes, a los contratantes y a los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio del Trabajo como de alto riesgo.
Están por fuera las entidades que sean no contribuyentes del impuesto de renta y todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas, sin importar qué actividad realizan. De la misma forma las entidades extranjeras y personas naturales extranjeras que se ganen ingresos en Colombia pero sin tener establecimientos permanentes en Colombia.
Artículo 1° del Decreto 99 de 2013. El 19 de abril el Consejo de Estado admitió una demanda contra esta norma. Se alega que esta creó un tercer supuesto de aplicación de la tabla de retefuente a los pagos efectuados a personas naturales que no se encuentran vinculados con el agente de retención mediante relación laboral o legal, vulnerando la norma superior que no prevé tal situación.
La tabla del artículo 383 del E.T. se debe practicar a todo tipo de empleados del art. 329, incluidos los que cobran honorarios o servicios. Frente a lo anterior, hay independientes que se lo están ‘pasando por la galleta’.
Así lo contempla la nueva versión del art. 579-2 del E.T. que fue modificado con el art. 136 de la Ley. Los declarantes virtuales se ahorrarán esa sanción si la declaración virtual la presenta extemporáneamente por culpa de caídas en el portal de la DIAN o por situaciones de fuerza mayor que se le presenten al declarante.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se realizan unas incorporaciones y sustituciones al Presupuesto General de la nación para la vigencia fiscal de 2013 y se efectúa la correspondiente liquidación.