Nuevos recursos


  Al máximo con tus herramientas con Sergio Peraza

Al máximo con tus herramientas  - 6 agosto, 2026

  Al máximo con tus herramientas con Lina María Galindo

Al máximo con tus herramientas  - 4 agosto, 2026

Artículo 646



Artículo 646 Sanción por corrección aritmética Cuando la Administración de Impuestos efectúe una liquidación de corrección aritmética sobre la declaración tributaria y resulte un mayor valor a pagar por concepto de impuestos anticipos o retenciones a cargo del declarante o un menor saldo a su favor para compensar o devolver se aplicará una sanción equivalente al treinta por ciento 30 del mayor valor a pagar o menor saldo a favor determinado según el caso sin perjuicio de los intereses moratorios a que haya lugar

La sanción de que trata el presente artículo se reducirá a la mitad de su valor si el contribuyente responsable agente retenedor o declarante dentro del término establecido para interponer el recurso respectivo acepta los hechos de la liquidación de corrección renuncia al mismo y cancela el mayor valor de la liquidación de corrección junto con la sanción reducida

Actualícese es un centro de investigación donde producimos y distribuimos conocimientos en temas contables y tributarios a través de revistas, cartillas, libros y publicaciones digitales, seminarios, foros y conferencias.
Miles de profesionales reciben estos y más beneficios con nuestra Suscripción Actualícese.

Horarios de atención Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continua. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Únete a nuestras redes sociales



Los logos y nombres comerciales pertenecen a su respectivo dueño.
Respetamos tu privacidad, todos tus datos están seguros con nosotros.

Si deseas darte de baja, puedes administrar tus preferencias de correo aquí

Escríbenos por Whatsapp  Ver líneas de atención
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito