Artículo 650
Artículo 650 Sanción por uso fraudulento de cédulas El contribuyente o responsable que utilice fraudulentamente en sus informaciones tributarias cédulas de personas fallecidas o inexistentes será denunciado como autor de fraude procesal
La Administración Tributaria desconocerá los costos deducciones descuentos y pasivos patrimoniales cuando la identificación de los beneficiarios no corresponda a cédulas vigentes y tal error no podrá ser subsanado posteriormente a menos que el contribuyente o responsable pruebe que la operación se realizó antes del fallecimiento de la persona cuya cédula fue informada o con su sucesión
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