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Artículo 691 Competencia para ampliar requerimientos especiales proferir liquidaciones oficiales y aplicar sanciones Corresponde al Jefe de la Unidad de Liquidación proferir las ampliaciones a los requerimientos especiales las liquidaciones de revisión corrección y aforo la adición de impuestos y demás actos de determinación oficial de impuestos anticipos y retenciones así como la aplicación y reliquidación de las sanciones por extemporaneidad corrección inexactitud por no declarar por libros de contabilidad por no inscripción por no expedir certificados por no explicación de gastos por no informar la clausura del establecimiento las resoluciones de reintegro de sumas indebidamente devueltas así como sus sanciones y en general de aquellas sanciones cuya competencia no esté adscrita a otro funcionario y se refieran al cumplimiento de las obligaciones de informar declarar y determinar correctamente los impuestos anticipos y retenciones
Corresponde a los funcionarios de esta unidad previa autorización comisión o reparto del jefe de liquidación adelantar los estudios verificaciones visitas pruebas proyectar las resoluciones y liquidaciones y demás actuaciones previas y necesarias para proferir los actos de competencia del jefe de dicha unidad
Concordancia
Jurisprudencia
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