Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ajuste de préstamos a tasa de mercado: ¿qué pasa después del ESFA?


Ajuste de préstamos a tasa de mercado: ¿qué pasa después del ESFA?
Actualizado: 1 junio, 2016 (hace 8 años)

Si una entidad ha otorgado préstamos a terceros sin cobro de intereses, ha debido ajustar estos instrumentos financieros en la preparación del ESFA. En los períodos siguientes estos instrumentos financieros generan intereses en los estados financieros; a continuación explicamos dicho tratamiento.

La Sección 35 de la Norma Internacional para Pymes contenida en el Decreto 2420 del 2015 establece que las entidades deben seguir el siguiente proceso en la elaboración de su estado de situación financiera de apertura –ESFA–:

  1. Reconocer todos los activos y pasivos requeridos por la norma, y dar de baja todos los activos y pasivos que no cumplan la definición o criterios de reconocimiento de la norma.
  2. Clasificar estos activos y pasivos resultantes, según los requerimientos de la norma.
  3. Medir los activos y pasivos como si siempre se les hubiera aplicado la norma.
  4. Elaborar las revelaciones requeridas por la norma.

Con base en el procedimiento citado anteriormente, la entidad debe evaluar el tratamiento de los instrumentos financieros de la categoría cuentas por cobrar, y medirlos de acuerdo con los requerimientos de la Sección 11 de la citada norma.

“En la medición posterior del instrumento se debe utilizar el modelo del costo amortizado establecido en los párrafos 11.15 a 11.20 de la Norma para Pymes”

Es necesario tener especial cuidado con el requerimiento establecido en el párrafo 11.13, el cual establece que los instrumentos financieros se deben medir, en el momento del reconocimiento inicial, al costo de la transacción, a menos que el acuerdo constituya una transacción de financiación (es decir, un préstamo), en cuyo caso el instrumento se mide al valor presente de los pagos futuros descontados a una tasa de interés de mercado para un instrumento financiero similar.

En la medición posterior del instrumento se debe utilizar el modelo del costo amortizado establecido en los párrafos 11.15 a 11.20 de la Norma para Pymes.

Veamos el siguiente caso:

Una entidad le otorga un préstamo a un empleado por valor de $3.000.000, para ser pagado en 10 cuotas trimestrales iguales de $300.000. El préstamo fue desembolsado el 1 de enero del 2015.

En los estados financieros bajo normas locales, la entidad reconocería el préstamo como una cuenta por cobrar, según el siguiente modelo:

Cuota Mes Saldo inicial Cuota Interés Abono a capital Saldo final
1 ene-15

$3.000.000

 $300.000

$300.000

$2.700.000

2 abr-15

$2.700.000

$300.000

$300.000

$2.400.000

3 jul-15

$2.400.000

$300.000

$300.000

$2.100.000

4 oct-15

$2.100.000

$300.000

$300.000

$1.800.000

5 ene-16

$1.800.000

$300.000

$300.000

$1.500.000

6 abr-16

$1.500.000

$300.000

$300.000

$1.200.000

7 jul-16

$1.200.000

$300.000

$300.000

$900.000

8 oct-16

$900.000

$300.000

$300.000

$600.000

9 ene-17

$600.000

$300.000

$300.000

$300.000

10 abr-17

$300.000

$300.000

$300.000

 

El reconocimiento contable de cada una de las cuotas en los estados financieros bajo norma local es el siguiente:

Cuenta Débito Crédito
Efectivo y equivalentes $300.000
CXC empleados $300.000

Tratamiento bajo Estándares Internacionales

De acuerdo con el requerimiento del párrafo 11.13, dado que la transacción corresponde a un crédito, la entidad debe medir el instrumento financiero resultante por el valor presente de los pagos futuros, utilizando una tasa de mercado para instrumentos financieros similares.

En este caso, dado que se trata de un préstamo a empleados, se debe utilizar la tasa promedio de colocación de entidades financieras para créditos de libranza, la cual puede ser consultada en la página web del Banco de la República. Supongamos que la tasa trimestral encontrada fue del 3%.

El primer paso es calcular el valor presente de la partida, utilizando la siguiente fórmula:

Ajuste de préstamos a tasa de mercado: ¿qué pasa después del ESFA?

Para este caso, quedaría así:

Ajuste de préstamos a tasa de mercado: ¿qué pasa después del ESFA?

La diferencia entre el valor presente calculado ($2.559.061) y el valor nominal del préstamo se debe reconocer como gasto en el estado de resultados (en este caso, por ser un préstamo a un empleado, el gasto se debe presentar como beneficios a empleados).

El reconocimiento inicial bajo Estándares Internacionales es:

Cuenta Débito Crédito
CXC Empleados

$2.559.061

Gastos por beneficios a empleados

$440.939

Efectivo y equivalentes

$3.000.000

 

Para el reconocimiento de cada una de las cuotas, se debe seguir la siguiente metodología:

Cuota Mes Saldo inicial Cuota Interés Abono a capital Saldo final
1 ene-15

 $2.559.061

$300.000

 $76.772

$223.228

$2.335.833

2 abr-15

 $2.335.833

$300.000

 $70.075

$229.925

$2.105.908

3 jul-15

 $2.105.908

$300.000

 $63.177

$236.823

$1.869.085

4 oct-15

 $1.869.085

$300.000

 $56.073

$243.927

$1.625.157

5 ene-16

 $1.625.157

$300.000

 $48.755

$251.245

$1.373.912

6 abr-16

 $1.373.912

$300.000

 $41.217

$258.783

$1.115.130

7 jul-16

 $1.115.130

$300.000

 $33.454

$266.546

$848.583

8 oct-16

$848.583

$300.000

 $25.458

$274.542

$574.041

9 ene-17

$574.041

$300.000

 $17.221

$282.779

$291.262

10 abr-17

$291.262

$300.000

$8.738

$291.262

 

Interés: toma el valor del saldo inicial y lo multiplica por la tasa de descuento (3%).

Abono a capital: es el valor de la cuota, menos los intereses.

Saldo final: es el saldo inicial menos el abono a capital.

Saldo inicial: en el primer trimestre es el valor presente calculado anteriormente; a partir del segundo trimestre, es el saldo final anterior.

El reconocimiento de las cuotas es el siguiente:

Cuenta Débito Crédito
Efectivo y equivalentes $300.000
CXC Empleados

$223.228

Ingresos por intereses

$76.772

 

El valor de los intereses y el abono a capital cambia en cada cuota, según la tabla de amortización incluida anteriormente.

Nota: la diferencia entre el valor de la cuenta por cobrar para efectos financieros y fiscales no genera impuesto diferido, pues una posible pérdida por negociación de esta cartera con una entidad financiera no sería deducible, y los intereses reconocidos en los estados financieros bajo Estándares Internacionales tampoco son gravados.

Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales

*Exclusivo para actualicese.co

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