Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Certificado aptitud psicofísica para manejo de armas, costo lo asume las ARL


Certificado aptitud psicofísica para manejo de armas, costo lo asume las ARL
Actualizado: 30 julio, 2013 (hace 11 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Por qué se exige la realización de estos exámenes?
  • Vigencia de la certificación de la aptitud psicofísica para el porte de armas de fuego
  • Por qué la ARL y no el empleador o trabajador

Aunque los empleadores son quienes exigen el certificado y los exámenes de aptitud para el porte de armas de fuego, no es a ellos a los que les corresponde correr con estos gastos, es a la ARL pues son quienes deben garantizar la reducción de riesgos para sus trabajadores.

El pasado 17 de abril se expidió el Decreto 738 del 2013 (reglamentación de certificados para porte de armas y ampliación). Ahora, surge una Sentencia de la Corte Constitucional del pasado 17 de julio, Sentencia C-460 de 2013, sobre la exequiblidad de la Ley 1539 de 2012, sobre la legalidad de quién debe sufragar los costos de los certificados de aptitud psicofísica para el porte de armas de fuego que deben realizar, además de las personas que deseen comprar armas, los trabajadores que realicen sus labores manipulando dichas armas como los vigilantes, escoltas y supervisores de seguridad.

En esta normatividad se establece la razón para exigirlos, la vigencia de dichos certificados, quien debe exigir los certificadosy determina que es deber de la ARL asumir los gastos que se causen por estos exámenes y certificación.

¿Por qué se exige la realización de estos exámenes?

Estos exámenes y certificaciones se exigen para que con ellos se establezca la idoneidad de las personas que manipulan armas de fuego y así evitar futuros accidentes debido a la mala utilización; y además para que el personal que realiza labores de seguridad privada garantice una capacidad eficiente para utilizar sus elementos de trabajo para la protección, no solo de la empresa a la que laboran sino también de la comunidad en general, explica la Corte Constitucional:

“La Corte Constitucional explicó que el certificado de aptitud psicofísica para el porte de armas de fuego de personas que laboran en actividades de vigilancia y seguridad privada (escoltas, vigilantes, supervisores), pretende dar fe de la idoneidad de un civil para el desarrollo de su labor, lo cual supone una garantía no solamente para el trabajador sino para la comunidad que se beneficia del servicio.”(Sentencia C-460/13)

Vigencia de la certificación de la aptitud psicofísica para el porte de armas de fuego

El certificado que otorgan por los exámenes realizados tiene una vigencia de un año, ya que “la periodicidad del certificado evita que al desvincularse de las empresas el particular cuente con una autorización prolongada para la utilización de armas” (Sentencia C-460 de 2013).

Por qué la ARL y no el empleador o trabajador

Aunque los empleadores son quienes deben ordenar a los trabajadores (vigilantes, escoltas, supervisores de seguridad) la realización de los exámenes y la certificación no significa que deba asumir los gastos. Mucho menos los trabajadores.

Debe asumir los gastos la ARL porque esta se encuentra en las funciones que tiene como administradora de riesgos, ya que debe mitigar el riesgo y la ocurrencia de un accidente de trabajo, y este examen es un mecanismo para evitarlos, explica la Corte:

“Como lo ha señalado la jurisprudencia, en materia de Riesgos Laborales el Estado, debe adoptar las medidas necesarias dirigidas a que los componentes del Sistema estén destinados a asegurar efectivamente a la población trabajadora contra ciertos riesgos derivados de su desempeño laboral que afectan de manera importante sus condiciones de vida y existencia. Resulta, entonces, no solo una facultad de aquél, sino un deber, regular los aspectos presupuestales y en virtud de ello asignar obligaciones a los entes que concurren a la prestación de este tipo de servicios.”

Además explica la Corte Constitucional que bajo esta medida la ARL está garantizando sus principios, pues con ello permite la reducción de riesgo para los trabajadores que utilicen armas de fuego, veamos:

“La Corte concluyó que el certificado de aptitud psicofísica, previsto en el artículo 1º de la Ley 1539 de 2012, configura una prestación que coincide con los principios y fines del Sistema de Riesgos Profesionales, ya que permite acreditar la idoneidad de las personas cuya labor implique el porte de armas de fuego y minimizar los riesgos. Por esto, la realización del certificado en cuestión puede ser satisfecha con los recursos de dicho sistema, por las ARL, bajo las reglas establecidas por la jurisprudencia y en aplicación de las herramientas que se han implementado para ello.”

Por último recuerde que dichos exámenes no suplen o sustituyen los exámenes médicos que ordena realizar los empleadores cuando un trabajador se va a vincular a su empresa, si así lo ordenan.

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