Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 046828 de 24-07-2012


Actualizado: 24 julio, 2012 (hace 12 años)

DIAN
Concepto 046828
24-07-2012

Tema: Procedimiento Tributario
Descriptores: Obligados a Diligenciar Formato 1732
Fuentes Formales: Artículos 1, 2 y 3 Resolución 000017 de 2012.

***

Ref: Radicado 0574 del 25/06/2012.

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, y la Orden Administrativa 000006 de 2009, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.

Solicita en su escrito se precise si las personas naturales con patrimonio superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.oo) (sic), no obligadas a llevar contabilidad y declarante del impuesto de renta, deben diligenciar y presentar el formato No. 1732 – Especificaciones para el suministro de la información con relevancia tributaria para el año gravable 2011 (Anexo 2 de la Resolución 000017 de 2012).-

La prescripción del formulario 110, consagrada en el artículo 1 de la Resolución 000017 de 2012, es para la presentación de la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad, correspondiente al año gravable 2011 o fracción del año gravable 2012.

Por su parte el artículo 3 ibídem, establece parámetros para algunas personas que deberán presentar información con relevancia tributaria correspondiente al año gravable 2011, para efectos de control tributario, teniendo en cuenta el formato No. 1732 y las especificaciones del anexo 2; señalando entre otras, a aquellos obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2010 que en la declaración inicial o en la última corrección presentada en el año 2011, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

De lo anterior, se concluye que las personas naturales con patrimonio superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.oo) (sic), no obligadas a llevar contabilidad y declarantes del impuesto de renta, deben diligenciar y presentar el formato No. 1732.

Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET, www.dian.gov.<http.//.dian.gov.co>, ingresando por el ícono de “Normatividad” – “técnica”, dando clic en el link “Doctrina Oficina Jurídica.

Cordialmente,

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina (A)

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