Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ejercicio de profesiones liberales causa impuesto de industria y comercio


Actualizado: 23 octubre, 2018 (hace 6 años)

Según lo establecido en la presente doctrina, en lo que respecta a la División de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se concluye que le es permitido a los municipios gravar todos los servicios prestados por personas naturales, incluidos los que se ejecutan en ejercicio de una profesión.

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 14 de 1983 y el Decreto de Ley 1333 de 1986, modificadas recientemente por la Ley 1819 de 2016, en la presente doctrina Concepto 33251 de 2018 se establece que el impuesto de industria y comercio grava la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios en cada jurisdicción municipal.

Para efectos de la liquidación del impuesto de industria y comercio, se debe definir lo que se entiende por actividad de servicios. El artículo 345 de la Ley 1819 de 2016 indica que dicha actividad comprende todas aquellas obligaciones de hacer a cargo de personas naturales o jurídicas, o sociedades de hecho y demás sujetos pasivos, sin la exigencia de relación laboral con el contratante, pero que generen contraprestación en dinero o especie.

En este orden de ideas, dicha definición permite a los municipios gravar todos los servicios prestados por personas naturales, incluidos los que se ejecutan en ejercicio de una profesión.

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