En el caso que una persona natural venda su apto de habitación y sabe que puede aplicar a las exenciones, porque el dinero de la venta lo va a destinar a comprar una casa de habitación; es decir no va a tener ganancia ocasional, ¿la notaría donde se realice la escritura de venta no debería hacerme retención en la fuente? ¿Cómo le soporto a la notaría para que no la aplique?
Respuesta del Dr. Gildardo Hoyos,
Contador Público, Especialista en Impuestos y Planeación Fiscal,
Editor Tributario de actualicese.co