Artículo 587
Artículo 587 Información sobre bases para aportes parafiscales La Dirección General de Impuestos Nacionales UAE Dirección de Impuestos y aduanas nacionales podrá levantar la reserva de las declaraciones de impuestos sobre la renta y complementarios únicamente en relación con los pagos laborales objeto del aporte para efectuar cruces de información con el Instituto de Seguros Sociales I S S el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar I C B F el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y las respectivas cajas de compensación familiar así como sus asociaciones o federaciones tendientes a verificar el cumplimiento del pago de los aportes a dichas entidades a petición de cualesquiera de estos organismos
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