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Artículo 730 Causales de nulidad Los actos de liquidación de impuestos y resolución de recursos proferidos por la Administración Tributaria son nulos
1 Cuando se practiquen por funcionario incompetente
2 Cuando se omita el requerimiento especial previo a la liquidación de revisión o se pretermita el término señalado para la respuesta conforme a lo previsto en la ley en tributos que se determinan con base en declaraciones periódicas
3 <Numeral derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018>
4 Cuando se omitan las bases gravables el monto de los tributos o la explicación de las modificaciones efectuadas respecto de la declaración o de los fundamentos del aforo
5 Cuando correspondan a procedimientos legalmente concluidos
6 Cuando adolezcan de otros vicios procedimentales expresamente señalados por la ley como causal de nulidad
Nota de vigencia
Mediante la Sentencia C 481 de 2019 la Corte Constitucional declaró a la Ley de financiamiento como inconstitucional Su decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2020
Concordancia
Doctrina