Amplio y completo compendio de datos, indicadores, fechas y cifras que nos dejó el fin de año, las cuales se deberán tener en cuenta en el transcurso de 2018.
El 30 de diciembre, el presidente de la república, Juan Manuel Santos Calderón, anunció al país que el incremento del salario mínimo mensual para el año 2018 será del 5.9%, lo que se traduce en una cifra de 781.242 pesos. Por otra parte, el auxilio de transporte se fijó en $88.211.
Mediante la Resolución 000063 del 14 de noviembre de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian– estableció el valor de la UVT a aplicar por el año gravable 2018.
La certificación del interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto será del 56,33 %, y regirá del 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018. No podrá exceder del 1.5 del interés bancario corriente durante el período establecido.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 240 del ET modificado por el artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2018 será del 33 %. La tarifa de la sobretasa en renta para ese mismo período será del 4 %.
Las entidades calificadas como pertenecientes al régimen tributario especial deben aplicar una tarifa única del 20 % sobre el valor de los beneficios netos o excedentes. Los aspectos relacionados con este régimen fueron reglamentados a través del Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017.
De acuerdo con el artículo 188 del ET modificado por el artículo 95 de la Ley 1819 de 2016, la tasa aplicable para el cálculo de la renta presuntiva por el año gravable 2018 será del 3,5%. Con la reforma también se consideró un nuevo concepto a detraer del patrimonio líquido del año anterior.
La Superfinanciera dio a conocer el nuevo esquema tarifario para el SOAT, el cual aumentará su costo para 2018: las tarifas estarían entre $154.000 y $1.200.000, dependiendo la categoría del vehículo. La Circular Externa 038 del 26 de diciembre de 2017 expone que para la categoría de las motos, en la que ya se incluyen los ciclomotores, los precios de este documento quedarían entre 4.13 y 13.03 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que equivale a $153.000 o $380.000, si se ajusta la tarifa con el 50 % adicional que se debe pagar por aportes al Fosyga.
El Departamento Nacional de Planeación mediante el Decreto 2204 del 26 de diciembre de 2017 fijó los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para el 2018.
Conforme a lo señalado en el artículo 639 del ET y teniendo en cuenta que la UVT para 2018 quedó fijada en $33.156, el valor de la sanción mínima para efectos tributarios a pagar en 2018 será de $332.000. El artículo en mención también señala las situaciones en que no es aplicable la sanción mínima.
Con la reforma tributaria, el 4×1.000 se establece de forma permanente, se contempló un nuevo hecho generador de dicho impuesto y aunque se efectuaron cambios a las exenciones de dicho impuesto, no varío la exención para las transacciones que no superen las 350 UVT mensuales.
Comerciantes obligados a llevar contabilidad que a 2017 poseían patrimonio o ingresos brutos superiores a $955.770.00 serán agentes de retención por los conceptos de honorarios, comisiones, servicios, arrendamientos, rendimientos financieros y compras por el año gravable 2018.
Para 2018 el aporte a fondo de pensiones sigue siendo del 16% del ingreso base de cotización –IBC– del trabajador independiente y dependiente. Para dependientes, el aporte se divide en dos: un 12 % aportado por el empleador y un 4 % a cargo del trabajador.
Ya que la Dian fijó el valor de la UVT para 2018 en $33.156, la cuantía mínima a partir de la cual se practica retención en la fuente a título de renta por prestación de servicios se estableció en $133.000. A continuación mencionamos aspectos relacionados con esta actualización normativa.
El aumento anual de 25 semanas de cotización para pensión finalizó en 2015, por tanto, hasta que no se expida una nueva norma, las semanas a cotizar para pensión seguirán siendo 1.300.
Con la actualización del valor de la UVT, la cual quedó fijada en $33.156 mediante la Resolución 000063 de 2017 de la Dian para el año 2018, la cuantía mínima a partir de la cual se practica o no retención en la fuente a título de renta por concepto de compras (en general) quedó establecida en $895.000.
La Dian fijó el valor de la UVT en $33.156 para el año 2018. Por tanto, la cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención se fijó en $166.000 (5 UVT) y la tarifa de retención a título de renta corresponde al 3 %.
Los señalados en el artículo 203 del Código de Comercio y las sociedades comerciales que cumplan los requisitos del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 deben tener revisor fiscal. En este editorial mencionamos los montos de activos o ingresos que generan dicha obligación.
La cuantía mínima para practicar retención en la fuente a título de renta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares quedó en $1.591.000 (montos superiores a 48 UVT) para el año 2018. Vale la pena anotar que la tarifa de retención a aplicar sigue siendo del 20 %.
La certificación del interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito será del 36,78 %, la cual regirá para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2018. Acorde a la Resolución 1890 de 2017 representa un aumento de 2 puntos básicos (0.02 %).
Para el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de marzo de 2018 el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 20,69 % efectivo anual, el cual representa una disminución de 8 puntos básicos (-0.08 %) en relación con la certificación anterior.
Entre los cambios introducidos por la reforma tributaria Ley 1819 de 2016 se encuentra la modificación en la periodicidad para declarar el impuesto sobre las ventas contemplada en el artículo 600 del ET. De esta manera, desde el 2017 el período gravable del impuesto sobre las ventas es bimestral o cuatrimestral.
Según el artículo 437-1 del ET, modificado por el artículo 42 de la Ley 1607 de 2012, la tarifa de retención en la fuente por IVA (más conocida como reteiva) a aplicar es el 15% del valor del IVA, la cual deberá practicarse en el momento en que se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.
En 2018, el aporte al régimen contributivo de salud seguirá siendo del 12,5 % del ingreso base de cotización del trabajador independiente; para empleadores con menos de 2 trabajadores su aporte será de un 8,5 % y un 4 % adicional a cargo del trabajador, para un total de 12,5 %.
Por medio de la Ley 1822 de enero 4 de 2017, que modificó los artículos 236 y 239 de Código Sustantivo del Trabajo, se amplió el término de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas. Por otro lado, la licencia de paternidad continuó en 8 días hábiles.
Luego de conocerse que el salario mínimo para el año 2018 se fijara en $781.242, lo cual representa un incremento del 5.9 %, se precisa que el valor mínimo para poder pactar un salario integral ascendió este año a $10.156.146, lo cual incluye el 30 % de carga prestacional que señala la ley.
Para determinar el valor del impuesto de vehículos es necesario seguir lo dispuesto en el Decreto 2206 de 2017 del Ministerio de Hacienda y la Resolución 0005476 de 2017 del Ministerio de Transporte.
El café, uno de los productos colombianos más reconocidos a nivel internacional (por ejemplo, reconocido de forma oficial por la Unión Europea en el 2007), y que hace parte de los indicadores económicos del país, cerró el año 2017 con una tarifa de USD 1,26 por libra.
Con respecto al año 2016 (año en que cerró en 5,48 %), el índice de valoración predial –IVP– mostró por el año 2017 una variación de 5,21 %. El indicador es estimado anualmente y es utilizado como insumo para determinar el reajuste de los avalúos catastrales de los predios urbanos a nivel nacional.
La moneda oficial de los países que pertenecen a la Unión Europea es el euro. En Colombia, es habitual que el precio de esta moneda aumente o disminuya frente al valor del peso colombiano a diario.
Al finalizar el año 2017, el precio del barril de petróleo, más conocido como WTI, presentó una tarifa de USD 60,05 por barril.
La tasa de cambio representativa del mercado –TRM– es la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre de 2017 se presentó una TRM de $2.984,00.
Mientras el valor de la tarjeta profesional de contador público será de $303.000, el costo del certificado de vigencia y de antecedentes disciplinarios de contadores públicos para el 2018 será de $28.000.
Mediante el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016, correspondiente a la Ley de Licores, se modificaron las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares.
Con la Ley 1819 de 2016 se fijó que el impuesto a cigarrillos, tabacos, cigarros y cigarritos sería de $2.100 por cada cajetilla de veinte unidades, más un componente ad valorem del 10 % para 2018.
Mediante la Certificación 02 de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público oficializó las tarifas para el primer semestre de 2018 del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas.
La unidad de valor real –UVR– tuvo una disminución del 4.09% en el año 2017 respecto al 2016, la cual cerró en 6,21%.
Mediante el Decreto 2169 de diciembre 22 de 2017, el Gobierno estableció el porcentaje de reajuste fiscal vigente para el año 2017.
El depósito a término fijo –DTF– cierra el año 2017 en una tasa del 5,21 %, de acuerdo a lo reportado por la Superintendencia Financiera y el Banco de la República.
La tasa de interés moratorio para obligaciones con la Dian, corresponde a la misma establecida por la Superfinanciera menos 2 puntos porcentuales. Para enero de 2018 esta será de 29,04 %.
El precio del oro es una cifra que puede variar en múltiples ocasiones durante el día. En Colombia, este valor cerró el año 2017 con una tarifa de venta de $123.399,60 por gramo.
Para calcular cifras de rendimiento presuntivo durante el año 2018 deberá aplicarse una tasa del 5,21 %.
Una vez se ha determinado el valor de la UVT para 2018 en $33.156, los activos denominados fiscalmente de menor cuantía serán aquellos con un costo igual o inferior a 50 UVT, equivalentes a $1.658.000.
La variación del índice de precios al consumidor –IPC–, equivalente a la inflación del año 2017, cerró en 4,09 %, lo que representa una variación menor a la reportada en el año anterior que fue 5,75 %.
Según la certificación emitida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística –Dane–, la variación del PAAG a diciembre de 2017 cerró en 4,20 %.
La TRM es un indicador económico muy útil para la planeación presupuestal adelantada en las áreas financieras de las diferentes compañías colombianas; por el año 2017 está cerró en $2.951,32.
Los arrendadores podrán incrementar el precio por el que alquilaron sus bienes raíces tomando como base el IPC de 2017, correspondiente al 4,09 %.
Las sociedades que hayan tenido activos totales o ingresos brutos por un monto superior a $23.437.260.000 en 2017 serán vigiladas por la Superintendencia de Sociedades durante 2018.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 31 de 1992, el Banco de la República reiteró de acuerdo con el análisis realizado por el Dane que su meta de inflación es 3 %.
Así como los bienes y productos tienen un valor, las monedas de los países también tienen un valor fijado. En Colombia se presentó una tasa de 0,56 % de devaluación frente al dólar al finalizar 2017.