Actualizado: 28 julio, 2020 (hace 4 años)
Hasta el 31 de julio de 2020 será el plazo para que las personas naturales residentes y sociedades nacionales que cumplan los requisitos para trasladarse al régimen simple realicen el respectivo proceso de inscripción.
Conoce más detalles a continuación.
Se acercan los vencimientos para la inscripción al nuevo régimen simple de tributación por el 2020, por lo que los contribuyentes deberán evaluar su pertinencia, y de querer optar por dicho régimen, tendrán que hacerlo en los plazos dispuestos para ello, es decir, hasta el 31 de julio de 2020.
Algunas ventajas y desventajas de este régimen
- Quienes se acojan a este régimen dejarán de pertenecer al régimen ordinario del impuesto de renta. En este sentido, no deberán presentar los formularios 110 y 210, ni tampoco los anexos de estos, es decir, los formularios 2516 y 2517, respectivamente.
- Estos contribuyentes no deberán realizar el cálculo de la renta presuntiva.
- En este régimen no se aplicarán las depuraciones fiscales; es decir que a los ingresos brutos no se les podrá disminuir las rentas no gravadas, rentas exentas, deducciones, etc.
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Puntos clave en los que te vas a capacitar
- Normativa vigente.
- Características generales del impuesto.
- Oportunidad para optar por este régimen.
- Exclusión del impuesto.
- Régimen sancionatorio y de firmeza.
- Cambios más importantes para personas naturales y jurídicas que opten por pertenecer a este régimen.
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