Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Supersolidaria actualizó su Catálogo Único de Cuentas bajo Normas Internacionales


Supersolidaria actualizó su Catálogo Único de Cuentas bajo Normas Internacionales
Actualizado: 4 mayo, 2016 (hace 8 años)

A través de su Resolución 2016210002975 del 20 de abril del 2016 dicha entidad efectuó 14 ajustes diferentes al Catálogo Único de Cuentas bajo Normas Internacionales que había sido definido en noviembre del 2015 y que debía ser aplicado de forma obligatoria a partir de enero 1 del 2016. La mayor parte de los ajustes se relacionan con cuentas que harían parte del estado de situación financiera.

El 20 de abril del 2016 la Supersolidaria expidió su Resolución 2016210002975, a través de la cual se efectuó esta vez una modificación al “Catálogo único de información financiera con fines de supervisión”, el cual había sido establecido con la Resolución 201511009615 con fecha de noviembre 13 del 2015.

El “Catálogo único de información financiera con fines de supervisión” definido en diciembre del 2015 en realidad es un plan único de cuentas, especialmente diseñado para que las entidades que se encuentren bajo la supervisión de la Supersolidaria, y sin importar si pertenecen a los Grupos 1, 2 o 3 de la convergencia a Estándares Internacionales, puedan llevar sus registros contables a partir de enero 1 del 2016 ajustándolos a los postulados de las Normas Internacionales

Las instrucciones contenidas en la Resolución 201511009615 de noviembre del 2015 habían dicho inicialmente que el catálogo de cuentas que allí se expedía solo era obligatorio a partir de enero 1 del 2016 para las entidades de los Grupos 1 y 3. Pero luego, con la Resolución 2015110011305 del 15 de diciembre del 2015, la Supersolidaria modificó el texto de su Resolución 201511009615 de noviembre del 2015 y dijo que sería aplicable incluso para las entidades del Grupo 2.

Se realizaron 14 ajustes al Catálogo de Cuentas

“la Supersolidaria efectuó 14 diferentes modificaciones al Catálogo Único de Cuentas, la mayoría de las cuales afectan las cuentas con las que luego se elaboraría el estado de situación financiera”

Cuando se examina el texto de la Resolución 2016210002975 de abril 20 del 2016 se observa que la Supersolidaria efectuó 14 diferentes modificaciones al Catálogo Único de Cuentas, la mayoría de las cuales afectan las cuentas con las que luego se elaboraría el estado de situación financiera.

Los cambios realizados al catálogo se pueden resumir así:

  1. Cambios que afectarían a las cuentas del activo: se incluyó una nueva cuenta, a saber, la 170592 (“Propiedad, planta y equipo – Mejoras a bienes ajenos”) y se modificó la 170595, la cual inicialmente se llamaba “Depreciación, propiedad, planta y equipo (Cr)», pero ahora se llama “Depreciación, agotamiento, propiedad, planta y equipo (Cr)».
  2. Cambios que afectarían a las cuentas del pasivo: se incluyeron tres nuevas cuentas: 230527 (“Créditos ordinarios corto plazo – Contrato apertura de crédito”), 230827 (“Créditos ordinarios largo plazo – Contrato apertura de crédito”) y 272035 (“Ingresos anticipados diferidos – Aportes sociales pendientes de aplicar”). Además, se cambió el nombre de la cuenta 2720, la cual inicialmente se llamaba “Ingresos anticipados” y ahora se llama “Ingresos anticipados diferidos”.
  3. Cambios que afectarían las cuentas del patrimonio: se modificó el nombre de la cuenta 3600, la cual inicialmente se llamaba “Excedentes y/o pérdidas acumuladas” y ahora se llama “Resultados acumulados por adopción por primera vez”. De igual forma, se agregaron las siguientes cuentas nuevas: 371505 (“Excedentes o pérdidas no realizadas -ORI- por inversiones disponibles para la venta de alta y media bursatilidad”), 371510 (“Excedentes o pérdidas no realizadas -ORI- por inversiones disponibles para la venta de baja bursatilidad”) y 3900 (“Resultados de ejercicios anteriores”).
  4. En las cuentas de los ingresos: se agregaron las cuentas 4175 (“Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas – Db), 423520 (Otros ingresos – Valoración del activo biológico – Otros activos biológicos”), 4236 (“Valoración de propiedades de inversión a valor razonable”) y 4255 (“Ingresos por diferencia en cambio”).
  5. En las cuentas de los gastos: se agregaron las cuenta 5222 (Pérdida por valoración de propiedades de inversión a valor razonable) y la cuenta 6175 (“Costo de ventas por diferencia en cambio”). Al mismo tiempo se eliminó la cuenta 615030 (“Costo de ventas – Intereses de depósito – Diferencia en cambio”).

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