Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A partir de abril 27 de 2012 se pueden volver a firmar contratos de Leasing Operativo


A partir de abril 27 de 2012 se pueden volver a firmar contratos de Leasing Operativo
Actualizado: 9 mayo, 2012 (hace 12 años)

Esos contratos de Leasing no se habían podido volver a firmar desde el pasado 1° de enero de 2012, pero la Ley 1527 terminó derogando las normas que lo impedían.

Otro de los cambios en materia tributaria introducidos con la Ley 1527 de abril 27 de 2012, ley que fue expedida para regular el tema de los préstamos con libranza o descuento directo que pueden tomar  los trabajadores dependientes o independientes, es el contenido en su artículo 15 con el cual se han derogado las normas que impedían, desde enero 1 de 2012 en adelante, el poder firmar contratos de Leasing Financiero con opción de compra y que se trataban como Leasing Operativo (el otro cambio de tipo tributario de esta ley es el relacionado con la nueva tabla de retención para indpendientes).

En efecto, con el Artículo 15 de la Ley 1527 se ha entrado a derogar las normas contenidas en el parágrafo del artículo 89 de la Ley 225 de 1995 (sobre leasing en proyectos de infraestuctura que se podía tratar como Leasing Operativo) y en el Parágrafo 4 del Artículo 127-1 del E.T. (sobre Leasing Operacional que podían usar las mipymes al adquirir vehículos,  inmuebles, equipos y demás activos mencionados en el numeral 1 del mismo artículo).

Ambos parágrafos ahora derogados habían establecido que a partir de enero 1 de 2012, todos los contratos de Leasing con opción de compra que se llegaran a firmar tendrían que tratarse como verdaderos contratos de Leasing Financiero (donde el arrendatario no trata todo el canon como un gasto deducible sino que tiene reflejado un activo contra un pasivo y cuando paga los cánones, entonces hacia el gasto sólo lleva la parte de los intereses pues en el pasivo debita la parte de capital y adicionalmente le aplicaría al activo la respectiva depreciación) lo cual significaba que desaparecía la opción de tratarlos como Leasing Operativo (donde todo el canon se iba al gasto y no había depreciación).

¿Por qué se acababan los Leasing Operacional desde enero de 2012?

De las dos formas que han existido para contabilizar los contratos de Leasing con opción de Compra (el financiero y el operacional), siempre ha sido claro que la que más beneficia a los contribuyentes y perjudica la recaudación de impuestos para el Estado es la del Leasing Operacional, pues al permitirles restar como un gasto deducible todo el canon del arrendamiento entonces se reduce notoriamente la base del impuesto de renta.

Por tal motivo es que en varias reformas tributarias del pasado se había intentado eliminar ese tratamiento especial para los contribuyentes y fue así como el Art.10 de la Ley 1004 de diciembre de 2005, al modificar el Parágrafo 4 del Art. 127-1 del E.T., dijo que el beneficio del Leasing Operativo sólo se aceptaría para los contratos que se alcanzaran a firmar antes de enero 1 de 2007. Y luego fue el Art. 65 de Ley 1111 de diciembre de 2006 el que volvió a modificar ese mismo parágrafo 4 y dijo que el beneficio se extendía para los contratos que se firmaran hasta antes de enero 1 de 2012.

Por eso incluso fue que en el año 2004 el Gobierno expidió el Decreto 618 de marzo 1 (que sigue vigente) y que le pone límites a la cantidad de cuotas anuales que al arrendatario de un Leasing Operativo le dejan deducir en un mismo año fiscal (pues muchos juegan a acelerar el pago de los cánones pretendiendo tener más gastos deducibles en su declaración de renta).

Pero tal parece que las compañías de arrendamiento financiero, para rescatar el negocio por el que más las buscan, tuvieron que mover sus influencias en el Congreso y lograr que los contratos de Leasing Operativo sí se pudieran seguir celebrando, y con ello entonces las pequeñas empresas sí podrán volver a firmar contratos de esa naturaleza y esta vez sin límite en el tiempo. Pero  faltará ver lo que el Gobierno termine proponiendo sobre este mismo tema en la próxima reforma tributaria pues quizás puede aprovechar para eliminarlo otra vez.

(Nota: El texto de las normas contenidas ahora en la Ley 1527 habían sido aprobadas por el Congreso desde diciembre de 2011, pero por causa de la objeción presidencial que el Gobierno le hiciera en el Diario Oficial 48.324 de enero 26 de 2012 rechazando lo que inicialmente decia el texto aprobado sobre permitir que las cesantías respaldarán las deudas de los trabajadores, fue por eso que la norma se demoró en ser sancionada pues tuvo que regresar al Congreso y sólo en marzo de 2012, cuando se iniciaron las nuevas sesiones ordinarias, el Congreso aceptó las objeciones presidenciales y se volvió a hacer todo el trámite respectivo. Estas normas sobre la posibilidad de volver a firmar contratos de leasing operativo sí podrían tener unidad de materia con el tema central de la Ley, pues permitirán a las mipymes de personas naturales el poder endeudarse firmando contratos de Leasing en versión operativa que es la que más los beneficia y autorizando mediante libranza a algunos de sus clientes contratantes que le efectúen los pagos a las compañías de financiamiento).

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