Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Amenazas en proceso de auditoría: auditor debe conocerlas para no involucrarse en procesos legales


Amenazas en proceso de auditoría: auditor debe conocerlas para no involucrarse en procesos legales
Actualizado: 8 septiembre, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Amenaza de interés propio
  • Amenaza de autorrevisión
  • Amenaza de abogacía
  • Amenaza de familiaridad
  • Amenaza de intimidación

Es importante que el auditor conozca la normatividad enmarcada en el Decreto 302 del 2015, para determinar el alcance de sus funciones con su responsabilidad. Las amenazas a un proceso de auditoría impiden el cumplimiento de los principios fundamentales citados en este decreto.

En la ejecución del trabajo de auditoría, el profesional contable debe cumplir el Código de Ética enmarcado en principios generales para el lineamiento de la labor del auditor. Sin embargo, en el Decreto 302 del 2015 quedaron adoptados, además de los principios generales, el reconocimiento de las circunstancias que pueden representar amenazas para el cumplimiento ético del proceso de auditoría.

“Los auditores deben considerar las amenazas ya que en un futuro, si incumplen con sus principios, se pueden ver involucrados en problemas legales”

Es importante entonces que el auditor conozca las circunstancias que pueden representar amenazas para el cumplimiento de su labor. Aunque durante el desarrollo de la auditoría, el auditor puede identificar las amenazas, y la importancia de conocerlas desde el marco regulatorio, se debe conocer el marco normativo para determinar el alcance de la auditoría y el reconocimiento de la responsabilidad del auditor frente al contenido del informe, el cual se convierte en un aval de la situación de los estados financieros de la organización auditada.

Los auditores deben considerar las amenazas ya que en un futuro, si incumplen con sus principios, se pueden ver involucrados en problemas legales, como cuando los auditores omiten en sus informes la situación real de las empresas que terminan por afectar a los stakeholders.

Según el Decreto 302, las amenazas se pueden enmarcar en dos tipos: por las relaciones y por las circunstancias. Tanto la una como la otra se identifican en la medida en que impiden el cumplimiento de algunos de los principios fundamentales señalados en la normatividad citada. A continuación veremos una clasificación de las amenazas:

Amenaza de interés propio

Amenaza en la que un interés particular, que puede ser de naturaleza financiera u otra, influye de manera inadecuada en el juicio o en el comportamiento del auditor.

Amenaza de autorrevisión

Se presenta en el caso de que la misma firma evalúe procesos o productos sobre los cuales ha prestado un servicio, puesto que se puede presentar que el auditor no evalúe adecuadamente los resultados de un juicio realizado o de un servicio prestado con anterioridad por la firma a la que pertenece; teniendo en cuenta que dichos resultados se  utilizarán como base para la construcción del informe.

Amenaza de abogacía

Se presenta en casos donde el profesional que ejerce como auditor promueve la posición del cliente o de la firma para la que trabaja, hasta el punto de poner en peligro su objetividad.

Amenaza de familiaridad

Se produce debido a una relación prolongada o estrecha con un cliente o con la entidad auditada, en el caso en que el auditor se muestre demasiado afín a los intereses de la organización, descuidando la labor auditora.

Amenaza de intimidación

Se presenta cuando existe una situación de presiones reales o percibidas, incluidos los intentos de ejercer influencia indebida sobre el auditor, con el propósito de disuadir la objetividad en el actuar del profesional.

Si quiere profundizar más en este tema, lea nuestro análisis Amenazas que atentan contra el proceso de auditoría.

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