Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Así es el nuevo régimen tributario para compañías holding colombianas


Actualizado: 5 febrero, 2019 (hace 5 años)

La Ley de Financiamiento establece el nuevo régimen de compañías holding colombianas –CHC–, que consiste en el beneficio otorgado a las utilidades recibidas por estas sociedades.

Entre los requisitos que deben seguir las compañías para acceder a este beneficio están: tener dentro de su actividad principal la tenencia de valores, inversiones o holding de acciones; poseer por lo menos el 10 % de participación en el capital de dos o más sociedades, por un tiempo mínimo de 12 meses; demostrar capacidad operativa para el desarrollo de la actividad, a través de por lo menos 3 empleados, una dirección propia en Colombia y que la toma de decisiones se haga en el territorio colombiano.

En cuanto a los beneficios derivados del régimen se encuentran el hecho de que la venta de la CHC a un no residente se considera renta exenta, excepto en lo que tiene que ver con las utilidades obtenidas por la realización de actividades en territorio colombiano; que no les practican retención en la fuente por los dividendos que reciban; se toman como rentas exentas las utilidades que reciban de las sociedades en las cuales tienen participación, y respecto de las cuales se cumplen los requisitos, entre otros.

Fuente: Portafolio.

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