Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Editorial] Colegiatura Única, un camino hacia el cual debe orientarse la profesión


Hoy están matriculados en la JCCP 166.683 Contadores Públicos e inscritas 1.470 Sociedades de Contadores. ¿Qué debe hacerse frente a la situación actual de la Contaduría Pública en Colombia?

Jose Hernando Zuluaga M.
Se tiene la sensación que la Junta Central de Contadores y el Consejo Técnico de la Contaduría, que antes denominábamos Organismos de la Profesión, son ahora organismos del Estado, con una dependencia total del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, Ministerio en el cual la Dirección de Regulación propone los decretos reglamentarios de la Ley, Resoluciones y Circulares que deben acomodarse a los intereses de la profesión.

Es necesario saber varias cosas

1. El Consejo Técnico de la Contaduría presentó en junio de 2011 el Documento de Direccionamiento Estratégico del proceso de Convergencia de Normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de la Información con los Estándares Internacionales, en cumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Ley 1314 del 2009.

2. Igualmente, el Consejo Técnico de la Contaduría presentó el 30 de junio de 2011 el documento que contiene el Programa de Trabajo en cumplimiento del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 1314 relacionado con los principales proyectos a desarrollar a partir del segundo semestre del 2011, en el cual se establece un cronograma del proceso de Convergencia de Normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de la Información con los Estándares Internacionales en cumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Ley 1314 del 2009.

3. Se precisa determinar las funciones establecidas para la Junta Central de Contadores en la Ley 43 de 1990 y en la Ley 1314 del 2009 las cuáles quedan vigentes y cómo se logrará su cumplimiento. Igualmente, evaluar si se requiere una modernización de la Ley 43 de 1990.

4. El 12 de julio de 2011, el Consejo Técnico de la Contaduría inició el proceso de instalación del Grupo de Trabajo del Sector Educativo, conformado por quienes dirigen o por los representantes en las Universidades de los Programas de Contaduría Pública existentes en el país y cuyo objetivo es sensibilizar y socializar el proceso de Convergencia establecido en la Ley 1314 del 2009.

5. Falta definir cuál debe ser el papel de las Universidades y su apoyo con la Junta Central de Contadores.

6. Se requiere establecer el papel de REDFACONT (Red de facultades de Contaduría Pública) y ASFACOP (Asociación de Facultades de Contaduría Pública) en las acciones a seguir por la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico de la Contaduría.

7. Se requiere conocer cuál será el papel de las Asociaciones y Agremiaciones vigentes, tanto las conformadas por Asociaciones de Egresados de Contaduría como las demás existentes.

8. Sigue vigente la necesidad de determinar a la luz de la Ley 1314 del 2009 y de la Ley 43 de 1990, con qué funciones quedaron en realidad la Junta Central de Contadores y el Consejo Técnico de la Contaduría, puesto que al leer ambas leyes se encuentra que se presentaron modificaciones que hasta ahora no han sido socializadas.

9. Se requiere conocer si las funciones de la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico, verdaderamente han sido modificadas. Se debe establecer en qué forma serán cubiertas, puesto que la profesión lo requiere.

10. De la lectura en la Ley 1314, en sus artículos 9 y 11, se entiende que para la Junta Central de Contadores se ampliaron sus funciones de investigación y supervisión (artículo 9). Además, en el artículo 11 quedó claro que el Gobierno podrá modificar la conformación, estructura y funcionamiento, lo cual no se ha hecho

11. El Consejo Técnico de la Contaduría de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la misma Ley; será el organismo de normalización técnica de normas contables, información financiera y aseguramiento de la información; debiendo aplicar criterios y procedimientos establecidos en el artículo 8o. de la Ley 1314.

Es criterio del Presidente del Consejo Técnico de la Contaduría, algo que no es claro en términos legales, que la labor de la orientación técnico científica y la investigación de los principios de contabilidad y normas de auditoría de aceptación general, de que trata el artículo 29 de la Ley 43 de 1990, al igual que los establecidos en los numerales 2 a 7 del artículo 33 de la Ley 43 de 1990, quedaron en cabeza del Consejo Técnico de la Contaduría con la atribución de emitir conceptos a particulares e inclusive orientaciones de carácter general.

La inquietud que queda es si el Consejo Técnico de la Contaduría podrá hacerlo, aún debiendo cumplir con las responsabilidades que le asigna La Ley 1314 del 2009

La Colegiatura y su papel

En conclusión, si la Junta Central de Contadores solo quedó por intermedio del Tribunal Disciplinario, cumpliendo con sus funciones sancionatorias y de registro, y el Consejo Técnico de la Contaduría enfrentado al proceso de Convergencia, se requiere saber en manos de quién quedó el apoyo y la orientación de la profesión por lo cual se hace necesario trabajar todos unidos para sacar una Colegiatura a la luz de la Constitución Nacional, que busque resolver una cantidad de situaciones de los profesionales de la Contaduría en las cuales ni el Consejo ni la Junta Central tienen atribuciones para intervenir.

Esta Colegiatura tomaría todos aquellos elementos sueltos que se requiere integrar para aglutinar a los profesionales de la Contaduría Pública.

Queda entonces una tarea que no se ve tan complicada, siempre y cuando se logre un acuerdo nacional entre las diversas vertientes de los Contadores Públicos existentes en el país que más adelante se enumeran.

Se mencionan enseguida aquellas funciones que están sueltas y que le corresponden a la Profesión definir; determinando un organismo que se ocupe de estas funciones, necesarias de cubrir en una profesión de tanta importancia como la de los Contadores Públicos.

Temas que le correspondería a la Colegiatura Unida de los profesionales de la Contaduría Pública

Capacitación y actualización

1. Exigir los requisitos de actualización de los profesionales conforme al reglamento que sobre el particular expida el Gobierno.

2. Promover y organizar congresos, convenciones, asambleas, seminarios, ferias y demás eventos que persigan el desarrollo de la cultura o el apoyo a la misma, el crecimiento de la actividad profesional del contador público, el desarrollo de la actividad económica como la integración y capacitación de los colombianos.

3. Auspiciar cursos, foros, simposios, reuniones y conferencias sobre temas de interés para la actualización profesional, divulgar sus enseñanzas, recomendaciones y conclusiones entre las seccionales, asociaciones y sus miembros.

4. Dar apoyo a la entidad que corresponda, en relación con calidad de los cursos y seminarios que, a título de educación no formal, se ofrezcan en el país, en materias relacionadas con la profesión contable.

5. Promover estudios de auditoría, revisoría fiscal, aseguramiento, ciencias técnico – contables y afines, mediante la educación continuada y la colaboración con instituciones que persigan los mismos fines.

6. Convocar a los congresos que celebre la profesión contable en el país.

Asociaciones

1. Formalizar el funcionamiento de las asociaciones de contadores de las Universidades que harán parte del de un organismo central.

2. Afiliar a las seccionales y asociaciones conformadas por los profesionales de la Contaduría Pública y ejercer su representación a escala nacional e internacional.

Apoyo o bienestar social

1. Analizar si es posible la organización de un régimen de bienestar social para los Contadores Independientes.

2. Apoyar la creación y desarrollo de organizaciones e instituciones para actividades que procuren el bienestar económico, social y humanístico de los Contadores Públicos en Colombia.

3. Velar porque el profesional de la Contaduría Pública cumpla en su actividad con la función social que le es inherente, y actuar como su representante, cuando las circunstancias así lo exijan.

Honorarios

1. Formalizar la fijación de honorarios mínimos que deban cobrar los Contadores Públicos y las Organizaciones Profesionales de Contadores Públicos.

Ayuda mútua

1. Fomentar la ayuda mútua de los profesionales de la Contaduría Pública.

Certificación

1. Emitir directrices sobre estándares de calidad, incluida la certificación sobre el nivel de la calidad de los servicios profesionales de los Contadores Públicos y de las Organizaciones Profesionales de Contadores Públicos de común acuerdo con la entidad correspondiente.

2. Certificar que las Organizaciones Profesionales de Contadores Públicos que ejercen sus actividades bajo el nombre de marcas, franquicias o representaciones internacionales, cumplen con los requisitos para ejercer la Contaduría Pública en Colombia.

Emprendimientos

1. Apoyar al Contador Público como Emprendedor, apoyándolo en la consecución de recursos, selección de materiales, determinando criterios de asociatividad.

Afiliación

1. Afiliarse a entidades nacionales o internacionales que tengan actividades y programas que faciliten o complementen los objetivos del profesional de la Contaduría Pública.

2. Asesorar a los afiliados en aquellas cuestiones que tengan relación con su actividad profesional, y suministrarles servicios.

3. Dirigir y orientar a sus afiliados en el ejercicio profesional independiente y en las otras funciones adscritas por las leyes.

Investigación

1. Propiciar la creación de centros de investigación científica en las disciplinas de auditoría, revisoría fiscal, ciencias técnico-contables y afines, estimulando a los profesionales del país a la presentación de estudios y trabajos sobre temas relacionados con la Contaduría Pública; lo cual se haría aprovechando lo establecido en los artículos 34, 35, 36 y 37 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011 (Plan de Desarrollo).

2. Colaborar con la difusión de la investigación científica y en su intercambio, en diferentes modalidades, con otros organismos profesionales.

Temas Varios

1. Establecer intercambios con organizaciones contables internacionales.

2. Mantener contactos permanentes con las entidades nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que se ocupen de problemas económicos y sociales, especialmente de asuntos inherentes a la profesión contable.

3. Realizar con ellas campañas, actividades o servicios conjuntos con entidades nacionales o extranjeras.

4. Establecer un sistema de orientación y respuesta a preguntas y dar información sobre aquellos asuntos que les sirvan para desempeñarse mejor.

5. Actuar como organismo consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos relacionados con el desarrollo y ejercicio de la profesión contable.

6. Colaborar con la renovación y actualización de los programas de enseñanza académica en las Facultades de Contaduría Pública.

7. Señalar, conforme a la Ley, la estructura que debe darse a la profesión para su desarrollo integral.

8. Apoyar al organismo señalado por la Ley para tal fin, en la adopción de los mecanismos que propendan por el mejoramiento del nivel académico de las facultades de Contaduría Pública.

9. Elaborar las listas de los peritos contables que requiera el poder judicial y demás entidades oficiales y la Junta Central de Contadores en el cumplimiento de sus funciones.

10. Velar por la protección equitativa de los intereses de los Contadores, y por el reconocimiento de sus derechos por parte del Estado y demás sectores económicos.

11. Defender la libre competencia e iniciativa privada, por parte de los Contadores, como criterios propicios para el progreso ordenado de la Nación y robustecimiento de la economía, siempre dentro del marco del bien común.

12. Prestar su concurso para asegurar un ambiente de confianza pública y seguridad como condición básica para el desarrollo del país y la profesión de la Contaduría Pública.

13. Estudiar y promover la adecuación de la legislación y la reglamentación de la profesión, de acuerdo con las responsabilidades que otras normas legales y las evoluciones económicas y sociales les impongan.

14. Buscar la forma de fomentar los campos de acción de la profesión, protegiendo su ejercicio y desarrollando la preparación requerida en tales oportunidades.

15. Propender por la elevación del nivel cultural de sus miembros y el prestigio de la profesión, mediante la creación de bibliotecas, hemerotecas, exposiciones y demás medios que contribuyan a estos objetivos.

16. Estimular el estudio de todas aquellas ciencias y técnicas, cuyo conocimiento perfeccione al Contador y a sus colaboradores, para cumplir eficientemente su labor como profesional.

17. Promover dentro de los Contadores el espíritu de solidaridad gremial, y velar por el ejercicio honesto del mismo, dentro de altas normas de carácter ético.

18. Fomentar una justa imagen del Contador Público y de su agremiación, con miras a asegurar la debida importancia de la actividad profesional del Contador y el clima más favorable para su desenvolvimiento.

19. Ejercer el derecho de petición ante los diferentes organismos del Estado, y solicitar de ellos la expedición, modificación o derogatoria de las disposiciones y medidas, según sea el caso, relacionadas con el ejercicio de la profesión de Contador Público.

20. Orientar, representar, coordinar y defender los intereses de los Contadores ante las autoridades, otras entidades gremiales y demás estamentos de la comunidad de carácter oficial, semioficial o particular, con el objeto de buscar una sana conciliación de intereses, con los demás sectores de la actividad ciudadana.

21. En general, tomar las determinaciones y adelantar todas las campañas que se requieran para la conveniencia y prosperidad de los profesionales de la Contaduría Pública, el desarrollo de la profesión y el bien común.

“Tenemos un modelo de Colegiatura a seguir en el vecino país de  Venezuela que nos dice que sí  se puede y que es bueno que una profesión esté unida”

Facilitando la Comunicación con los Directivos

A continuación se citan las direcciones electrónicas y números celulares de quienes están involucrados en todo este proceso.

Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores conformado al 14 de julio de 2011

No. Representantes o delegados Nombre Principales Nombres y cargos
1 Representante de los Contadores Públicos y su suplente Principal: C.P José Hernando Zuluaga Marín. correo: hzuluaga@actualicese.co Suplente: C.P Alfonso Ismael Escobar Barrera
1 Representante de las Facultades de Contaduría Pública Principal: C.P Aura Herminda López Salazar. Correo: auralopez@hotmail.com Suplente: C.P. María Victoria Agudelo Vargas
2 Delegados del Ministerio de Comercio Industria y Turismo C P. Mauricio  Español León (1)
C.P:.Carlos Arturo Bernal Chaparro
(1) Quien preside actualmente  el Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores.
1 Delegado de la DIAN C.P. Juan Orlando Castañeda Ferrer Funcionario de la DIAN
1 Delegado  de la Contaduría General de la Nación C.P. Eduardo Vidal Díaz Funcionario de la Contaduría  General de la Nación
1 Representante del Consejo Gremial Nacional C.P.: José William Londoño Murillo Suplente Miguel Enrique Peña León; escogidos por el Ministro de Comercio Industria y turismo

Funcionarios de la Junta Central de Contadores 14 Julio de 2011

1. Alberto Gómez Baquero. Director General. Mail: agb@jccconta.gov.co

2. Yenny Chávez Gómez. Secretaria Ejecutiva. Mail: secretariajcc@gmail.com

3. Luz Mila Vargas M. Directora Jurídica. Mail: dirjuridica@jccconta.gov.co

4. Rodrigo Martínez. Director Administrativo. Mail: directoradministrativo_@jccconta.gov.co

Miembros que componen actualmente  el Consejo Técnico de la Contaduría que se reunió por  primera vez el día 15 de Junio de 2010

1. C.P. Luis Alonso Colmenares – Presidente. Correo; lcolmenares@mincomercio.gov.co nombrado para 4 años que vencen el 31 de Diciembre de 2013.

2. C.P Gustavo Serrano. Correo; gserrano@mincomercio.gov.co Nombrado para un año que vence el 31 de Diciembre de 2011.

3. C.P Gabriel Suárez. Correo; gsuarez@mincomercio.gov.co Nombrado por un año que vence el 31 de Diciembre de 2011.

4. No ha sido nombrado por el Presidente de la República  el representante de las Asociaciones de Contadores Públicos

Organismos que agrupan las Agremiaciones o Asociaciones 14 Julio de 2011

Estas son las cuatro Agremiaciones o Asociaciones más conocidas

1. El Instituto Colombiano de Contadores Públicos INCP que hoy preside el Contador Público Hugo Francisco Ospina Giraldo. Correo; incpcol@incp.org.co

2. La Federación Colombiana de Colegios de Contadores Públicos (FCCPCP) que preside el C.P. Elkin Quiroz Lizarazo. Correo; equirosl@gmail.com, presidencia@federacioncolegioscp.org

3. Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos CONFECOP que preside el C.P. Carlos Gilberto Alonso. Correo; confecop@actualidadcontable.com.

4. La Federación de Contadores Públicos de Colombia (FEDECOP) que preside el C.P. Héctor Jaime Correa. Correo; fedecop@fedecop.org.

Proyectos de Colegiatura existentes

1. Colegio Nacional de Contadores Públicos Colombianos (CONPUCOL) que preside el Contador Público José Dagoberto Pinilla Forero. E-mail: jpinillaf@etb.neto.co.

2. Colegio Profesional de Contadores Públicos (CPCP) José Orlando Zuluaga Ramírez.

Organismos que agrupan la mayoría de los programas Universitarios de Contaduría Pública

1. Red de Facultades de Contadores Públicos (REDFACONT) que preside la C.P. María Victoria Agudelo Vargas. Correo; magudelo@funlam.edu.co.

2. Asociación de Facultades de Contadores Públicos (ASFACOP) que Preside el C.P. Carlos Gómez correo: carlosgomez@usantotomas.edu.co.

La importancia las Grandes Firmas de Consultoría

Cabe tener en cuenta el importante papel que tienen en el país las grandes firmas de consultoría no agremiadas, pero con alta capacidad para influir en decisiones, sobre actividades profesionales y sobre la misma profesión.

Atentamente,
José Hernando Zuluaga Marín
Representante de los Contadores Públicos en la Junta Central de Contadores.
14 de julio de 2011

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