Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cómo interponer una queja contra un contador público ante la JCC


Cómo interponer una queja contra un contador público ante la JCC
Actualizado: 28 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué información debe ser diligenciada para interponer la queja?
  • ¿Qué tipo de conductas pueden originar una queja?
  • ¿Cómo se puede interponer una queja ante la JCC?
  • ¿Qué se debe adjuntar?

¿Sabe qué información diligenciar para interponer una queja ante la JCC y la normatividad que rige este proceso?, ¿conoce la documentación requerida para dar inicio a una investigación disciplinaria? Estas y otras inquietudes serán resultas en este editorial.

Con la expedición de la Resolución 000667 de 2017, la Junta Central de Contadores –JCC– ajustó el procedimiento para realizar el trámite de las investigaciones disciplinarias que se llevan a cabo contra contadores públicos y sociedades de contadores públicos. Con base en la información alojada en esta resolución y lo expuesto en la página web de este organismo, a continuación enunciamos algunos aspectos para tener en cuenta al momento de interponer una queja de este tipo ante el organismo en mención y qué documentos deben adjuntarse para el proceso.

¿Qué información debe ser diligenciada para interponer la queja?

Se debe incluir el nombre y apellidos, tipo de documento, número de documento de identificación, números telefónicos de contacto, correo electrónico, dirección y ciudad de residencia de quien interpone la queja.

¿Qué tipo de conductas pueden originar una queja?

Algunas de las conductas realizadas por un contador o por una persona jurídica que preste servicios contables, que pueden dar lugar a una queja son:

  • Atentar contra la fe pública.
  • Violar alguna inhabilidad.
  • Retener documentación contable.
  • Apropiarse de dineros de forma injustificada.
  • Omitir un pronunciamiento ante una irregularidad en la contabilidad.
  • Desatender los principios técnicos y de aseguramiento que rigen la profesión.
  • Irrespetar a colegas, clientes o usuarios.
  • Ejercer la profesión con una sanción disciplinaria en curso.
  • Generar competencia desleal entre sociedades de contadores.
  • Ejercer la revisoría fiscal en más de cinco sociedades por acciones.
  • Omitir la denuncia de actos de corrupción, lavado de activos o financiación del terrorismo.

¿Cómo se puede interponer una queja ante la JCC?

“Para brindar más información sobre cómo es el proceso al interponer una queja, la JCC habilitó la línea en Bogotá 6444450 Ext. 101, 102 o 103 para atender cualquier inquietud”

En la página web de la JCC, en la pestaña “Trámites y servicios” se encuentra el hipervínculo a Quejas disciplinarias, en donde los usuarios puede interponer sus quejas. Para brindar más información sobre cómo es el proceso al interponer una queja, la JCC habilitó la línea en Bogotá 6444450 Ext. 101, 102 o 103 para atender cualquier inquietud.

¿Qué se debe adjuntar?

Para interponer la queja se debe adjuntar en formato PDF:

  • La identificación del contador o de la firma de contadores, indicando el nombre completo o razón social, dirección, teléfono, correo electrónico y los datos del ente económico en el que el contador o la firma hayan prestado o estén prestando sus servicios. De ser posible, adjuntar el número de la tarjeta profesional.
  • La queja bajo la gravedad de juramento, conforme con lo previsto en el literal a) del artículo 28 de la Ley 43 de 1990, el cual menciona que las denuncias escritas deben ratificarse bajo juramento.
  • Explicación de la situación que dio lugar a irregularidades por parte del contador o firma de contadores, en donde se manifiesten los hechos, el lugar y la fecha en la en que se cometieron.
  • Documentos que sustenten las afirmaciones realizadas, tales como contratos, estados financieros, soportes contables, entre otros.
  • Si la persona que interpone la queja conoce que el profesional contable o la entidad que presta servicios contables tenían una investigación de tipo administrativo o judicial en proceso, deberá informarlo.

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