Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Confirmaciones Externas – NIA 505 (Parte 1) – Carlos Sastoque M.


Procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría

“La NIA 500 (evidencia de auditoría) indica que la fiabilidad de la evidencia de auditoría se ve afectada por su origen y naturaleza, y depende de las circunstancias concretas en las que se obtiene. Dicha NIA también incluye las siguientes generalizaciones aplicables a la evidencia de auditoría:

• La evidencia de auditoría es más fiable cuando se obtiene de fuentes independientes externas a la entidad.

• La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia.

• La evidencia de auditoría es más fiable cuando existe en forma de documento, ya sea en formato papel, soporte electrónico u otro medio.

Por consiguiente, dependiendo de las circunstancias de la auditoría, la evidencia de auditoría en forma de confirmaciones externas recibidas directamente por el auditor procedentes de las partes confirmantes puede ser más fiable que la evidencia generada internamente por la entidad.”

La NIA 505 busca dar al auditor guías y herramientas  para una  eficiente aplicación de procedimientos de confirmación externa, a fin de que la evidencia que pueda allegar tenga el más alto grado de confiabilidad posible.

Al estudiar esta NIA 505 es conveniente recordar que otras NIA, como la 240. La 330 y la 500, le dan gran importancia a las confirmaciones externas, como soporte innegable de la evidencia del trabajo de auditoría realizado.

En  la NIA 240 se dice  “que el auditor puede diseñar solicitudes de confirmación para obtener información corroborativa adicional como respuesta a los riesgos valorados de incorrección material debidos a fraude en las afirmaciones”.

En la NIA 330 se habla de “la responsabilidad que tiene el auditor”  de aplicar procedimientos para responder adecuadamente a los riesgos que detecte de la existencia de “incorrección material en los estados financieros”. Así mismo en esta NIA 330 se pide al auditor que considere y decida si necesita aplicar procedimientos de confirmación externa, para complementar los procedimientos sustantivos.

“La NIA 330 también indica que los procedimientos de confirmación externa pueden facilitar al auditor la obtención de evidencia de auditoría con el alto nivel de fiabilidad que requiere para responder a los riesgos significativos de incorrección material, debidos a fraude o error”.

La NIA 500 dice que las confirmaciones externas son convenientes si se quiere elevar el grado de confiabilidad en las evidencias  relacionadas con los estados financieros y en las “manifestaciones realizadas por la dirección de la empresa.

Objetivo

Cuando el auditor decide aplicar procedimientos de confirmación externa, lo hace para conseguir mayor certeza y grado de confiabilidad en la evidencia –válida y suficiente- de su trabajo.

Requerimientos

Es necesario que el auditor mantenga bajo su control el manejo de las confirmaciones externas y las respuestas que reciba. Para ello debe encargarse de:

  • Determinar personalmente qué información debe confirmarse mediante procedimientos de confirmación externa.
  • Decidir a qué porción de la información debe aplicarse el procedimiento de confirmación externa.
  • Diseñar el formato y contenido de las solicitudes de confirmación externa.
  • Verificar que estas solicitudes se envíen a las personas adecuadas y que se den los medios para  que las respuestas le lleguen directamente a él.
Carlos Sastoque M.

Contador Público; coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.

De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: Asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, Vicepresidente Técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos; Director Ejecutivo y Secretario General de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.

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