Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contabilidad del bitcoin – Luis Eduardo Olaya A.


Por estos días el Bitcoin supera la barrera de los 1,000 dólares después de 3 años, con un ascenso de 125% en 2016, más que cualquier moneda oficial del mundo. Aquí surge la primera pregunta, ¿es una moneda?, recordemos contrapartida 856o ¿es una divisa? o ¿es un commodity?

Cada vez más el mercado de bitcoin adquiere más relevancia y surge la cuestión de cómo contabilizar las monedas digitales, a lo cual la Junta Australiana de Estándares de Contabilidad, AASB, por sus siglas en inglés, emitió un paper titulado Moneda digital, un caso para la actividad de fijación de estándares” [PDF] para llamar la atención sobre la necesidad de emitir un estándar para monedas digitales, ya que como lo dice su autor Henri Venter: “Over the last few years the prevalence of digital currencies has increased. However, a lack of clear guidance in IFRS has resulted in diversity in practice in accounting for such currencies. In this paper we provide an analysis of the current accounting issue and provide a recommended way forward.”

El paper a su vez propone que: “digital currencies could be accounted for under IAS 2 Inventory or IAS 38 Intangible Assets depending on certain facts and circumstances.” Y continua “We think that digital currencies should be measured at fair value with changes in fair value recognised in profit or loss.” Y piensan que la contabilidad para monedas digitales pone de relieve una cuestión más amplia con los IFRS y “that there is no accounting standard that deals with investments in intangible assets or other commodity type assets that are not financial instruments or inventory. Consequently, we recommend that the IASB develop a standard that would address the accounting for investments in intangible assets and commodities.”

La cuestión es bien interesante ya que llama al entendimiento del Marco Conceptual de IASB: la moneda digital ¿cumple la definición de efectivo o equivalentes de efectivo?, ¿cumple con la definición de instrumento financiero?, ¿cumple la definición de activo intangible?, ¿puede ser considerado como inventarios?

Al respecto la AASB propone como IASB podría abordar este asunto:

  • Issue a new IFRS
  • Amend the definition of cash or cash equivalents
  • Amend the definition of a financial asset
  • Amend the measurement guidance in IAS 2 and IAS 38

De otra parte, para dilucidar un poco el tema la Comisión para el Comercio de Futuros de Mercancías (Commodity Futures Trading Commision – CFTC) de Estados Unidos declara oficialmente“In the Order, the CFTC for the first time finds that Bitcoin and other virtual currencies are properly defined as commodities”.

Al respecto Colombia ya ha tomado posición a través del Banco de la República las Superintendencia Financiera y de Sociedades, manifestando que el bitcoin no es una moneda de curso legal, ni un activo que pueda ser considerado una divisa.

Luis Eduardo Olaya A., PMP
De Computationis Jure Opiniones
Número 2537, enero 16 de 2017

Luis Eduardo Olaya A.
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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