Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El desorden de las NIIF da para todo, hasta para la suplantación


El desorden de las NIIF da para todo, hasta para la suplantación
Actualizado: 9 julio, 2014 (hace 10 años)

No es ético engañar a los contadores públicos y profesionales contables haciendo eco en actividades que generen aprendizaje alrededor de las NIIF. Diversas entidades que patrocinan eventos académicos sobre el tema deben investigar más sobre quiénes son los expertos.

Por Juan Fernando Mejía

Asesor NIIF actualícese.com

Está bien que todos estemos, de alguna manera, aprendiendo de las NIIF, pero que esto se preste hasta para suplantar el nombre de una persona, usando además el nombre del Ministerio de las TIC como supuesto patrocinador es algo impensable.

Algunos tenemos alguna experiencia previa a la emisión de la Ley 1314 de 2009, otros la han estado adquiriendo desde ya mucho tiempo por los requerimientos empresariales de compañías multinacionales y otros tantos estamos en el mercado: desde los que estudian una norma y la dictan muy bien, así no se tenga la experiencia real, hasta los que meten terrorismo contable con el tema para poder cobrar unos pesos de más.

Otros tantos hacen un diplomado y ya quieren cobrar una millonada a una empresa por hacer unos ajustes que la misma empresa podría realizar, y otros tantos están confundidos por las mismas autoridades que dicen, en unos casos, que cada uno monte un plan de cuentas bajo IFRS (Resolución 115-000005 de la Supersociedades) y en otros casos dicen que se emitirá un PUC “basado en IFRS”, como lo hizo la Superintendencia Financiera de Colombia.

La Ley 1314 de 2009 dijo que las Superintendencias no podrían regular en materia de contabilidad de propósito general, sino de propósito especial. Asunto que significa que no podrían regular el proceso IFRS, sino que deberían explicar con circulares y otras normas “específicas” qué quieren que se haga, explicando claramente el proceso en lugar de obligar a las entidades a que lleven a cabo el proceso de manera independiente para luego decirle que le dictará las políticas y los planes de cuentas, haciendo que el proceso sea, en algunos casos, en vano.

El proceso de NIIF es un proceso sin orden y sin especificaciones en el que las Superintendencias le piden a las entidades que le digan cómo están haciendo el proceso cuando en realidad las mismas están aprendiendo para luego decirle a las empresas cómo lo deben hacer.

Me atrevo a “predecir” que la Supersociedades tendrá que emitir un “Catálogo de Cuentas” adaptado a NIIF como lo ha hecho la Superfinanciera, pues una lo hace y las demás lo copian como sucedió con la “Hoja de Trabajo” para reportar el trabajo del Grupo 1.

¿Alguien ha leído e interpretado el artículo 6 de la Ley 1314 en cuanto al papel de las Superintendencias en el proceso de adopción de las NIIF?

Alguien puede interpretar que las Superitendencias no deberían dejar que las empresas asuman el costo de implementación de las NIIF, solicitándoles información, preguntándole ¿“Usted cómo lo está haciendo?”, pues las NIIF son estándares para reporte de información “De Propósito General” y no de propósito especial. Y si las Supertiendencias van a exigir una información pues debe dar las pautas “especiales”  sin dejar a merced del juicio profesional lo que luego va a regular (Ley 1314 de 2009, art. 6).

Algunas entidades del sector financiero implementado ya tienen unos planes de cuentas y unos “registros bajo NIIF” y luego sale un plan de cuentas emitido por la Superfinanciera para exigir un plan (catálogo) de cuentas que ha confundido a más de uno.

Esto genera una confusión en el mercado que a veces es aprovechado por algunos “expertos” NIIF, cuando en ninguno de los contadores colombianos podríamos aceptar semejante calificativo.

Pero lo que más me sorprende es que una página denominada http://www.managerapp.net/ publique una imagen diciendo que Hernán Pablo Casinelli, miembro de GlobalContable.com estará abriendo un evento de capacitación NIIF en la ciudad de Cali ante lo cual este connotado miembro del SMEIG del IASB ha dicho lo siguiente:

“Ha llegado a mi conocimiento que se está difundiendo un evento sobre NIIF que tendrá lugar en Cali (Colombia) el 23 de julio de 2014, cuya apertura estará a cargo de Hernán Pablo «Cassineli» (textual).

Dada la similitud del nombre del conferencista de la apertura con mi nombre, podrían darse los siguientes escenarios:

a) que exista un señor de nombre «Hernán Pablo Cassineli» dedicado a las NIIF, y entonces dos personas con nombres bastante similares (casi idénticos) tuvieran una misma área de especialidad profesional; o

b) que se haya empleado mi nombre (mal escrito) para difundir un evento en el cual no participaré (aclaro: jamás fui invitado al mismo) sin ningún tipo de reparos (es decir, que se trate de un uso deliberado de mi nombre para promocionar un evento); o
c) una tercera causa que no sean las planteadas en a) y b).

He enviado un correo electrónico al «Diario Occidente», que es uno de los auspiciantes y el único contacto que encontré para comunicarme con los organizadores, pidiendo aclaraciones en carácter de urgente sobre esta situación.

http://www.uno.managerapp.net/index.php?action=message&l=5867&c=13654&m=12184&s=0993e6f7c93bd1670f01e31b365c1c32”

El desorden de las NIIF da para todo, hasta para la suplantación

En el aviso de la página aparece el logo del Ministerio de las TIC de Colombia y del Diario Occidente, entidades que deberían investigar por su parte qué autoridad tienen las personas dueñas o responsables de www.uno.managerapp.com o de www.managerapp.com, pues no es justo que al desorden del proceso de implementación en NIIF se le adicione la posibilidad de utilizar el nombre de un tercero que no lo ha autorizado para tales fines. Ya está bien que a las empresas muchos las engañen con procesos de implementación basados en una supuesta “experiencia” y otra es que se permita este tipo de potencial uso indebido del nombre de una persona.

Hemos copiado esta imagen por si es eliminada de esta web a la cual no estoy acusando, sino que estoy mencionando un aparente fraude por suplantación.

Esta es una invitación a las autoridades gubernamentales para que investiguen un caso como este.

Atentamente,

Juan Fernando Mejia
www.globalcontable.com/perfil

*Exclusivo para actualicese.co

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