Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El verdadero valor de la Fe Pública – por Javier Mazo


Autor: Javier H. Mazo

En ocasiones las palabras o expresiones se vuelven tan comunes que pareciera que perdiese su significado, valor o vigencia y hablar de ellas, es tan elemental, que hasta su importancia y trascendencia quedan en el vacío. Aquí cabe decir: que el uso genera el desuso, de ahí, que podamos cometer “errores involuntarios” que a la larga no son tan involuntarios cuanto irreflexibles. Perdemos muy fácil el norte de las cosas y para que hagamos conciencia de esta consideración, asumamos un ejemplo, como es el de la “fe pública” Da fe pública el notario, el sacerdote, el testigo, el contador y otros profesionales, muchas veces confiados en otros, sin mucho fundamento, análisis o verificación. Pero esto de la fe pública sí que va en serio porque es comprometedor y sancionable. Veamos lo que nos dicen de la “fe pública”:

“La fe pública es la garantía que el Estado da en el sentido que los hechos que interesan al derecho son verdaderos, auténticos. Lo anterior, porque en la realidad social existen una serie de hechos y actos con relevancia jurídica que si bien todos los ciudadanos no pueden presenciar deben se creídos y aceptados como verdad oficial” La anterior aseveración nos debe poner en reflexión responsable cuando de fe pública se trata. Debemos de ser lo suficientemente sinceros con nuestra propia conciencia para no hacer aseveraciones a la ligera o en beneficio de terceros, tan fácil de hacer en una sociedad como la nuestra, permeada por el engaño, la falsedad, la violencia y el dinero fácil.

El fedatario debe tener la plena seguridad de que el hecho del cual da fe es verdadero y comprobable por medio de evidencias que el mismo debe poseer. Un profesional honesto, de principios y valores no cae en la trampa de la ligereza, el miedo o la ambición.

Amiga, amigo profesional, nuestra sociedad está plagada de engaños, mentiras y violencia a raíz de no tener certeza cuándo de fe pública hablamos. Tenemos que rescatar el “valor de la fe pública”, volver a creer en la palabra a partir de centrarnos en las evidencias. Nuestros hijas e hijos merecen un espacio digno y espiritualmente sano para que no sean víctimas de la sociedad que a nuestra generación le a tocado vivir. Si en verdad es cierto que amamos a nuestras hijas y a nuestros hijos, entonces, ¿porque dejarles un mundo para que sufran, sean inseguros y temerosos?

Quiero hoy, desde esta página amigo contador, remitirlo al Título Primero de la ley 43 de 1990, donde en forma explícita considera que el contador público es un profesional de “fe pública”, tremenda responsabilidad que pesa sobre su conciencia y honorabilidad, pero seguro estoy, que estas reflexiones le aportan a su transparencia profesional y a su dignidad personal.

Javier H Mazo M

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