Documentos TRIBUTAR
Julio 13 de 2010
FLASH 366
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Plantilla para Documentos
INGRESO BASE DE DETERMINACIÓN DE APORTES A FONDOS VOLUNTARIOS DE PENSIONES
Dispone el artículo 126-1 del ET que los aportes voluntarios que haga el trabajador, o los aportes del partícipe independiente a los fondos de pensiones voluntarios, no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional, hasta una suma equivalente al 30% del ingreso laboral o del ingreso tributario, según el caso.
Tomado de : www.tributarasesores.com.co