Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Flash Tributar: Ingreso base de determinación de aportes a fondos voluntarios de pensiones – J. Orlando Corredor Alejo


Documentos TRIBUTAR

Julio 13 de 2010
FLASH 366

Redacción: J. Orlando Corredor Alejo

Plantilla para Documentos

INGRESO BASE DE DETERMINACIÓN DE APORTES A FONDOS VOLUNTARIOS DE PENSIONES

Dispone el artículo 126-1 del ET que los aportes voluntarios que haga el trabajador, o los aportes del partícipe independiente a los fondos de pensiones voluntarios, no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional, hasta una suma equivalente al 30% del ingreso laboral o del ingreso tributario, según el caso.

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Tomado de : www.tributarasesores.com.co

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