Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gobierno reglamenta la factura electrónica para beneficio de las empresas del país


Actualizado: 2 febrero, 2016 (hace 8 años)

El Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de expedición de la factura electrónica, que busca agilizar y reducir los costos de operación en la emisión y recepción de este tipo de documentos, para beneficio de las empresas del país.

Según el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, la factura electrónica es un documento que valida las transacciones de compra de bienes y servicios, y facilita los sistemas de información entre vendedores y compradores en procesos relacionados con la facturación.

Igualmente, este proceso permite que la competitividad del país se vea favorecida con menores costos de transacción en la economía y en un aumento de la eficiencia en los procesos logísticos.

Según el Decreto 2242 del 2015, la DIAN dispondrá de manera gratuita los servicios informáticos de facturación electrónica para las micro y pequeñas empresas, a partir del año 2017, y para las grandes empresas se hará a través de operadores habilitados y el costo es determinado por el mercado.

¿Qué requisitos deberán seguir los proveedores tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica?

  • Estar habilitado como facturador electrónico.
  • Tener vigente y actualizado el RUT.
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común.
  • Acreditación ISO 2001 o hacerlo dentro de los dos años siguientes a la autorización.
  • Patrimonio líquido igual o superior a veinte mil (20.000) UVT y 50% de activos fijos que correspondan al patrimonio líquido. (29.753 = $ 595.060.000).
  • Condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN.

Los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica, previa solicitud, deberán ser autorizados por la DIAN por periodos de 5 años, puntualizó el MinTIC.

Fuente: Presidencia.

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