Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingresos recibidos para terceros: reconocimiento en NIIF


Actualizado: 2 diciembre, 2015 (hace 8 años)

El tema de los ingresos recibidos para terceros no tiene ningún cambio en relación con lo que actualmente se realiza bajo el estándar local; si usted tiene un ingreso que recibió para terceros, debe reconocerlo como un pasivo.

El asunto está en la costumbre de reconocer las transacciones por su forma legal; sin embargo, para las NIIF no prima la forma legal de las transacciones sino la realidad financiera; es esta última la que determina el reconocimiento y la medición de la transacción; por esta razón, la compañía debe analizar sus contratos para determinar si los recursos que está recibiendo son realmente un ingreso propio para terceros o un ingreso anticipado, y dependiendo de dicha categoría, reconocerá el hecho económico en sus estados financieros.

No se limite a disposiciones legales o fiscales; analice la esencia financiera de la transacción, del negocio, del contrato, para asimismo entender el tratamiento; estos ingresos recibidos para terceros, se amortizarán igualmente según las particularidades del acuerdo; ellos se amortizan según el cumplimiento del contrato, en la medida en que vaya cumpliendo con lo ahí estipulado se va deshaciendo del contrato y extinguiendo la obligación por la cual recibió el dinero.

En síntesis, la tarea ante este tipo de activos será revisar la esencia financiera, los derechos y obligaciones incorporados en los contratos y no solamente la forma legal y la forma fiscal, y en todo caso una vez concluido que es un ingreso para terceros, será reconocido como un pasivo.

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