Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

JCC revela detalles sobre metodología de votación electrónica de noviembre 29 de 2017


JCC revela detalles sobre metodología de votación electrónica de noviembre 29 de 2017
Actualizado: 25 octubre, 2017 (hace 7 años)

En comunicado especial publicado en octubre de 2017 la JCC indica que para llevar a cabo las votaciones se utilizará una aplicación que validará los datos e identidad del votante. Quienes no hayan renovado sus datos deben hacerlo antes de noviembre 21 de 2017.

La Junta Central de Contadores –JCC– publicó en la zona especial de su portal, donde se recopila la información sobre el proceso para la elección del representante de los contadores y de las universidades período 2018 a 2021 ante el Tribunal disciplinario, un documento especial en el cual se dan instrucciones sobre cómo (conforme a lo establecido en los artículos  3 a 6 y 11 de su Resolución 000665 de agosto 1 de 2017) se llevará a cabo el proceso de votación virtual voluntaria del día 29 de noviembre de 2017.

La norma contenida en el artículo 5 de la Resolución 000665 de agosto de 2017 establece lo siguiente:

ARTÍCULO QUINTO. VOTACIÓN ELECTRÓNICA. El mecanismo de votación electrónica utilizado a través de un aplicativo electrónico implementado por Internet permitirá identificar con claridad, en condiciones de igualdad, a todos los candidatos de los miembros, principal y suplente, del Tribunal Disciplinario, uno que represente a las Instituciones de Educación  Superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública y el otro electo por los contadores públicos inscritos ante la Entidad.

El aplicativo permitirá el reconocimiento del votante, el registro anónimo del voto por el candidato de su preferencia, la consolidación de los resultados y la generación de informes, en adición al manejo confiable y seguro de la información y los procedimientos relacionados.”

“la JCC aclara que el mecanismo de votación electrónica consistirá en una aplicación de software la cual podrá ser ejecutada en computadores, teléfonos inteligentes, tabletas y otros dispositivos móviles”

En relación con lo anterior, en su documento especial publicado días atrás, la JCC aclara que el mecanismo de votación electrónica consistirá en una aplicación de software la cual podrá ser ejecutada en computadores, teléfonos inteligentes, tabletas y otros dispositivos móviles, y que este será publicado próximamente en la página www.jcc.gov.co.

Dicha aplicación desplegará la lista de candidatos en orden alfabético por el primer apellido del candidato acompañado de la foto del mismo. La aplicación permitirá participar en las votaciones virtuales únicamente entre las 8:00 am y las 4:00 pm del día miércoles 29 de noviembre de 2017. Además, y de acuerdo a lo contemplado en el numeral 5 del artículo 3 del Decreto 1955 de 2010, se aclara que el proceso de elecciones no permitirá el voto en blanco ni la segunda vuelta.

Validación de identidad de los votantes

El mismo documento especial antes mencionado indica que el contador público interesado en votar deberá iniciar sesión dentro de la aplicación, luego de lo cual solo contará con un término máximo de 10 minutos para llevar a cabo su voto.

Al respecto, y con el propósito de establecer mecanismos de transparencia, la aplicación solicitará a los votantes la información concerniente a la dirección de domicilio, estudios realizados y experiencia profesional, todo de acuerdo con la información que repose en la base de datos de la JCC y que es recopilada cada año cuando los contadores cumplen con el proceso de la renovación anual de su información ordenada en los artículos 26 a 27 de la Resolución 973 de diciembre de 2015.

En vista de ello, y según lo indica la JCC en su documento especial, se hace necesario que los contadores tengan actualizados sus datos a más tardar el 21 de noviembre de 2017. Sin embargo, si a esa fecha el profesional contable no ha efectuado dicha actualización, podrá llevar a cabo su votación, pero la validación de datos se hará conforme a la información reportada a la entidad.  Además, si el profesional contable ingresa erróneamente sus datos en el aplicativo, este podrá realizar nuevamente la validación y contará con dos (2) intentos, pues al tercero el aplicativo se bloqueará y por lo tanto no podrá votar. En ese último caso deberá contactar vía telefónica a la entidad.

De otra parte, y en cuanto a la elección virtual de los representantes (principal y suplente) de las universidades, el documento indica que el aplicativo proporcionará a cada Rector o a su delegado un usuario y una clave para su ingreso a la misma, información que se les hará llegar previamente a los respectivos rectores.

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