Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Leyes en Colombia: 9 pasos para tramitarlas


Leyes en Colombia: 9 pasos para tramitarlas
Actualizado: 2 octubre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. ¿Quiénes presentan proyectos de ley?
  • 2. ¿Cómo se elabora un proyecto de ley?
  • 3. Presentación del proyecto de ley
  • 4. Traslado a comisión y ponencia para primer debate
  • 5. Debate en comisión
  • 6. Ponencia para el segundo debate
  • 7. Debate en plenaria
  • 8. Traslado a la Cámara
  • 9. Sanción Presidencial

A continuación presentamos el recorrido que tiene que hacer un proyecto para convertirse en ley de la República. Antes de ser aprobado el proyecto, los congresistas y ciudadanos en general pueden estudiar bien el tema para no cometer errores.

Una de las principales funciones del Congreso es la aprobación de las leyes que rigen el país. Por tal motivo, es necesario conocer qué es una ley y así entender el trabajo realizado en el Congreso de la República.

1. ¿Quiénes presentan proyectos de ley?

  • Miembros del Congreso.
  • El Gobierno a través del ministro del ramo.
  • La Corte Constitucional.
  • La Corte Suprema de Justicia.
  • El Consejo de Estado.
  • El Consejo Superior de la Judicatura.
  • El Consejo Nacional Electoral.
  • El Procurador General de la Nación.
  • El Contralor General de la República.
  • El Defensor del Pueblo.
  • El 30% de los concejales o diputados electos en el país.
  • Los ciudadanos en número equivalente al menos, al 5% del censo electoral vigente.

2. ¿Cómo se elabora un proyecto de ley?

Las personas u Órganos que tienen la facultad de presentar proyectos de ley deben estudiar muy bien el tema para saber bien cuál es la necesidad social o problema, y cuáles son las posibles soluciones. Luego, con la ayuda de expertos y con el insumo de la participación ciudadana debe redactarse el proyecto de ley. Todos los proyectos para que puedan ser estudiados deben cumplir varios requisitos, entre otros: deben tener un título o nombre que los identifique, el articulado y además una exposición de motivos en donde se explican las razones y la importancia del proyecto.

3. Presentación del proyecto de ley

Una vez que el proyecto de ley está listo se presenta el original y dos copias en la Secretaría General del Senado, de la Cámara de Representantes o públicamente en las plenarias. La Secretaría le asigna un número y lo clasifica de acuerdo con la materia, el autor y otros puntos de interés. Además, el Presidente de cada cámara, según el tema, decide cuál comisión constitucional permanente es la que debe estudiar el proyecto para enviarlo a dicha comisión. Una de las gestiones más importantes que hace la Secretaría en este momento es enviar el proyecto de ley a la Imprenta Nacional para la publicación en la Gaceta del Congreso y así todo el país puede conocer cuáles son los diferentes proyectos que tiene que estudiar el Congreso.

4. Traslado a comisión y ponencia para primer debate

“Los ponentes son los congresistas encargados de estudiar el proyecto de ley y presentar un informe, denominado ponencia, sobre la conveniencia o no del proyecto”

Cuando la comisión recibe el proyecto de ley, el presidente de la misma le asigna uno o varios ponentes. Los ponentes son los congresistas encargados de estudiar el proyecto de ley y presentar un informe, denominado ponencia, sobre la conveniencia o no del proyecto, los beneficios que puede traer, las reformas que pueden hacérsele para mejorarlo, o también, el ponente puede manifestar que el proyecto no debería aprobarse porque considera que no sería bueno para el país.

5. Debate en comisión

Cuando el informe de ponencia está listo se envía para su publicación en la Gaceta del Congreso; después la comisión se reúne para conocerlo y debatir sus inquietudes. Los informes de ponencia pueden recomendar debatir el proyecto y en este caso comienza a discutirse. Si por el contrario, la ponencia plantea archivar el proyecto, la Comisión discute la propuesta y si la acepta, el proyecto se archiva.

6. Ponencia para el segundo debate

“Una vez que está lista la ponencia para segundo debate se envía al área de publicaciones para su posterior discusión en la Plenaria de la respectiva cámara, sea Senado o Cámara de Representantes.”

Una vez que los miembros de la Comisión han estudiado y discutido suficientemente el proyecto de ley, este se vota en la misma y si se aprueba, el presidente de la Comisión le asigna uno o varios ponentes para segundo debate, que pueden ser iguales o distintos de los de la primera ponencia. Él o los nuevos ponentes son los encargados de revisar una vez más el proyecto y, por último, de elaborar la ponencia para el segundo debate en la plenaria de una u otra cámara.

7. Debate en plenaria

Una vez que está lista la ponencia para segundo debate se envía al área de publicaciones para su posterior discusión en la Plenaria de la respectiva cámara, sea Senado o Cámara de Representantes. El coordinador ponente explica ante la plenaria el proyecto y la ponencia, posteriormente pueden tomar la palabra los congresistas y los ministros para opinar; esto es muy parecido a lo realizado en Comisión.

Después de la intervención del ponente comienza la discusión del proyecto en su totalidad o por artículos específicos si es solicitado. Durante esta etapa el proyecto puede ser modificado; sin embargo, si los cambios hacen que el proyecto sea muy diferente del primero, la Plenaria puede decidir si lo envía nuevamente a la Comisión.

8. Traslado a la Cámara

Si el proyecto de ley es aprobado en la Plenaria de la corporación, en donde se inició el trámite, el presidente de la misma lo remitirá al presidente de la otra cámara con los antecedentes y todos los documentos necesarios.

En la nueva cámara el proyecto de ley, con los antecedentes, comienza el proceso en la misma forma que en la cámara anterior; de esta manera el proyecto de ley primero se envía a la misma Comisión designada en la otra corporación según el tema y, posteriormente, a la Plenaria. En ambos casos el proyecto se discute de acuerdo con las reglas descritas anteriormente.

9. Sanción Presidencial

Una vez que cada cámara ha aprobado en dos debates el proyecto de ley, este se envía a la Presidencia de la República para su sanción. La sanción en este caso quiere decir ratificación ya que la rama ejecutiva también lo estudia, y si está de acuerdo lo sanciona y lo promulga para que el país entero conozca la nueva ley y la cumpla.

Puede ser que el Presidente considere que el proyecto de ley es inconstitucional o que no esté de acuerdo con el contenido del mismo, y en este caso el Gobierno puede devolverlo a la cámara donde se originó para su nuevo estudio. Este trámite se conoce como objeción presidencial al proyecto de ley.

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