Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Noticias tributarias más importantes de 2017


Noticias tributarias más importantes de 2017
Actualizado: 19 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • En enero la Dian comunicó que autorretenciones en renta se declararían en formulario 350
  • En febrero la Dian manifestó que depuración del artículo 388 del ET no aplicaba durante enero y febrero
  • En marzo se prescribieron los formularios 160, 300, 310, 350 y 440
  • En abril la Dian indicó que sobretasa en renta no debía gravar ganancias ocasionales
  • En mayo fue modificada la interfaz para diligenciamiento virtual de las declaraciones
  • En junio se dio a conocer proyecto de decreto para reglamentar imporrenta de personas naturales
  • En julio se modificó la exógena de 2016 y 2017
  • En agosto se prescribió el formulario 210 cedulado
  • Desde septiembre la tasa de mora tributaria cambia cada mes
  • En octubre se expidió resolución de exógena 2018
  • En noviembre se fijó la UVT para 2018

Durante 2017 sucedieron importantes hechos en torno a la aplicación de la Ley 1819 de 2016, entre ellos, los plazos para inscribirse al monotributo y el formulario 210 cedulado. Por otra parte, se modificó la exógena de 2016 y 2017 y se presentó una nueva interfaz para el Muisca.

Al acercarnos al final del año, hemos realizado un resumen de las novedades tributarias más importantes y comentadas durante 2017 en nuestro portal.

En enero la Dian comunicó que autorretenciones en renta se declararían en formulario 350

A través de su comunicado de prensa 019 de enero 26 de 2017, la Dian informó que la nueva autorretención a título de renta establecida mediante el artículo 365 del ET modificado por el artículo 125 de la Ley 1819 de 2016 y reglamentada con el Decreto 2201 de diciembre 30 de 2016, se presentará en el formulario 350 con periodicidad mensual. Con tal pronunciamiento no se cumplió lo planteado en el proyecto de decreto dado a conocer en diciembre 30 de 2016, en el cual se contemplaba que esta se presentaría con periodicidades mensuales o cuatrimestrales.

En febrero la Dian manifestó que depuración del artículo 388 del ET no aplicaba durante enero y febrero

A través de una de las respuestas contenidas en su Oficio 004773 de febrero 24 de 2017, la Dian opinó que la nueva depuración de las rentas de trabajo contenida en el numeral 2 del nuevo artículo 388 del ET, en la cual se fija un límite de 40 % para las deducciones y rentas exentas que se pueden restar mensualmente, no aplicaba para las depuraciones de los meses de enero y febrero de 2017.

Por otra parte, a través del artículo 9 de la Resolución 000006 de febrero 3 de 2017 la Dian prescribió el formulario 350 que se utilizó únicamente para las declaraciones de retenciones en la fuente y autorretenciones especiales a título de renta y complementario de los meses de enero y febrero de 2017.

En marzo se prescribieron los formularios 160, 300, 310, 350 y 440

Por medio de su Resolución 000013 de marzo 3 de 2017 la Dian prescribió los formularios 300, 310, y 440 y volvió a prescribir (por segunda vez) los formularios 160 y 350. Además, se adicionaron dos nuevos conceptos de pago al listado de conceptos del formulario 490. Para esa fecha seguía sin prescribirse el formulario 110 y el nuevo formulario para las declaraciones bimestrales del impuesto nacional al carbono.

Por otra parte, las personas naturales interesadas en acogerse al monotributo por el año gravable 2017 debían informar de dicha decisión a la Dian antes de marzo 31 del año en cuestión. Sin embargo, el Gobierno no cumplió con expedir la reglamentación que permitiera la aplicación práctica de la norma, motivo por el cual al expedirse el decreto reglamentario se concedió un nuevo plazo.

En abril la Dian indicó que sobretasa en renta no debía gravar ganancias ocasionales

Luego de que la Dian emitiera su Concepto 00339 de abril 6 de 2017, indicando que la nueva sobretasa al impuesto de renta y complementario creada con la Ley 1819 de 2016 no debía gravar las ganancias ocasionales, dicha entidad tuvo que ajustar su plataforma Muisca para el diligenciamiento virtual del formulario 110 del año gravable 2016 y hasta expidió una nueva versión del prevalidador para el formato 1732.

En mayo fue modificada la interfaz para diligenciamiento virtual de las declaraciones

En este mes se evidenció que la Dian empezó a darle un cambio importante a la interfaz de su plataforma Muisca para el diligenciamiento virtual de las respectivas declaraciones tributarias, pues, al diligenciar virtualmente el formulario 435 para las declaraciones bimestrales del impuesto nacional al carbono, el visor del Muisca no desplegó todo el formulario sino cada renglón con los respectivos instructivos.

También se destaca que en mayo 05 de 2017, actuando bajo el amparo de la declaratoria del estado de emergencia económica y social para el municipio de Mocoa que se había efectuado con el Decreto 601 de abril 6 de 2017, el Ministerio de Hacienda Expidió el Decreto-Ley 731, a través del cual se fijaron varios beneficios tributarios en materia de IVA, retenciones a título de renta, autorretenciones a título de renta e impuesto sobre la renta y complementario aplicables durante los años 2017 y 2018 en favor de las personas naturales y jurídicas instaladas en Mocoa.

Adicionalmente, a través del Decreto 738 de 2017 se reglamentó el proceso de acogimiento voluntario al régimen del monotributo. Los interesados en acogerse a este por el año gravable 2017 debían actualizar su RUT antes de mayo 31 de 2017.

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En junio se dio a conocer proyecto de decreto para reglamentar imporrenta de personas naturales

El 1 de junio de 2017 el Ministerio de Hacienda publicó en su portal de internet el texto de un primer proyecto de decreto (de 30 páginas) con el cual se efectuarían cerca de 37 modificaciones a las normas del DUT 1625 de octubre de 2016 para reglamentar, de esa forma, los principales cambios que la Ley 1819 de diciembre de 2016 introdujo en materia del impuesto de renta y complementario de las personas naturales y sucesiones ilíquidas (residentes y no residentes) para los años gravables 2017 y siguientes. A la fecha (diciembre 14 de 2017) no se ha expedido el respectivo decreto reglamentario.

En ese mismo mes, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 939 de junio 05 de 2017 por medio del cual se corrigieron 11 artículos de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 cuyos textos contenían claros yerros mecanográficos.

Adicional a lo anterior, a través del Decreto 975 de junio 9 de 2017 se amplió el plazo que se había dado inicialmente con el Decreto 738 de mayo 8 de 2017 para acogerse de forma voluntaria al monotributo. El nuevo plazo finalizó el 31 de agosto del presente año.

En julio se modificó la exógena de 2016 y 2017

El 11 de julio de 2017, luego de que hubieran vencido los plazos para entregar oportunamente la información exógena tributaria del año gravable 2016 solicitada a través de la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015, la Dian expidió su Resolución 000042 a través de la cual se modificó por cuarta ocasión el texto de la Resolución 000112 de octubre de 2015 y al mismo tiempo se efectuó la segunda modificación al texto de la Resolución 000068 de octubre de 2016 a través de la cual se solicitó la información exógena del año gravable 2017.

En efecto, la Resolución 000112 de octubre de 2015 había sido modificada hasta dicho momento con las resoluciones 000084 de diciembre 30 de 2016, 000016 de marzo 15 de 2017 y 000022 de abril 10 de 2017. Por su parte, la Resolución 000068 de octubre de 2016 ya había sufrido su primera modificación con la misma Resolución 000022 de abril 10 de 2017.

En agosto se prescribió el formulario 210 cedulado

Violando toda lógica jurídica, la Dian expidió la Resolución 000045 de agosto 3 de 2017 para prescribir el formulario 210 por fracción de año 2017 en el cual se aplicarían todos los cambios de la Ley 1819 de 2016 para el impuesto de renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes.

Adicionalmente, el 24 de agosto de 2017 la Dian expidió su comunicado de prensa No. 121 a través del cual se invitó a los contribuyentes a que normalicen, aunque sea extemporáneamente, hasta el próximo 31 de diciembre de 2017 sus activos omitidos o pasivos inexistentes.

Desde septiembre la tasa de mora tributaria cambia cada mes

Mediante la Resolución 1155 de agosto 30 de 2017, la Superfinanciera fijó en 21,48 % la tasa de interés bancario corriente que rigió entre septiembre 1 y 30 de 2017 para los créditos de la modalidad consumo y ordinario; en tal contexto es claro que al actualizar mensualmente la tasa de interés mencionada, también, a partir de septiembre de 2017, la tasa de usura para el cálculo de obligaciones tributarias estará cambiando de forma mensual.

En octubre se expidió resolución de exógena 2018

A través de su Resolución 000060 de 2017 la Dian solicitó la información exógena del año gravable 2018; las novedades ahí incluidas probablemente se incluirán en la solicitud de la información de 2017 y para ello se requiere la modificación por tercera vez de la Resolución 000068 de octubre de 2016.

En noviembre se fijó la UVT para 2018

El 14 de noviembre de 2017 la Dian expidió su Resolución 000063 para establecer que la unidad de valor tributario –UVT– que regirá entre enero 1 y diciembre 31 de 2018 será de $33.156, la cual es un 4,07 % más alta que la que ha regido en el presente año 2017 ($31.859) y que había sido establecida con la Resolución 000071 de noviembre 29 de 2016.

Por otra parte, a través del Decreto 1915 de 2017 se adicionaron 56 artículos al DUT 1625 2016 para reglamentar la medida del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 permitiendo el pago de una parte del impuesto de renta mediante inversión en obras públicas en alguna de las 344 zonas más afectadas por el conflicto.

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