Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuestros eventos se amplían a más ciudades.


Actualizado: 27 febrero, 2014 (hace 10 años)

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Ahora nos trasladaremos a más ciudades del país para llevarte nuestros eventos de actualización en vivo. Nosotros conocemos tus necesidades y por eso te traemos un Seminario Taller – Práctico al que no puedes dejar de asistir: se trata del Seminario de Declaración de Renta y CREE para Personas Jurídicas año gravable 2013.

¿Por qué es importante este Seminario?
Una de las razones más importantes es que la ley 1607 introdujo grandes cambios en cuanto a la Declaración de Renta y ganancia ocasional del año gravable 2013 y las Personas Jurídicas son quienes, por primera vez, deberán aplicarlos. Algunos de éstos son:

a) Un nuevo manejo fiscal para la partida  de la “prima en colocación de acciones y aportes”
b) Una nueva forma de definir el límite de intereses deducibles (“subcapitalización”, art. 118-1 del E.T., reglamentado con el Decreto 3027 de dic. 27 de 2013 el cual está también próximo a ser modificado nuevamente, pues fue expedido de forma incorrecta)
c) Una nueva forma de calcular la depreciación por el sistema de reducción de saldos (ver art. 134 del E.T. modificado con la Ley 1607)
d) Nuevos ajustes para los contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia (ver arts. 260-1 a 260-11 del E.T. todos ellos modificados con la Ley 1607 y reglamentados con el Decreto 3030 de diciembre 27 de 2013
e) Nuevo límite anual por deducción de aportes a los fondos voluntarios de pensiones o cuentas AFC de los trabajadores de las empresas (arts. 126-1 y 126-4 del E.T.)
f) Eliminación del beneficio de auditoría para los años gravables 2013 y siguientes
g) Nuevas tarifas reducidas del Impuesto de Renta y de ganancia ocasional, pues junto al Impuesto de Renta también existirá, en el caso de la gran mayoría de los entes jurídicos, la obligación de presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta para la equidad-CREE
h) Eliminación de la restricción fiscal sobre pasivos con vinculados económicos en el exterior
i) La obligación de que las copropiedades comerciales o mixtas que sí hayan explotado durante el año sus zonas comunes con actividades comerciales o industriales se conviertan en contribuyentes del Impuesto de Renta en el régimen tributario especial
j) Nuevo límite deducible para las entidades del régimen especial por concepto  de remuneración a sus directivos
k) Exención en el impuesto de renta para las empresas que se instalen en San Andrés y Providencia entre el 2013 y el 2017
l) Nueva forma de definir la utilidad contable después de impuestos que se puede entregar como no gravada a los socios y accionistas

Junto con lo anterior, se presenta también la aplicación de otras novedades normativas importantes y la mayor será la tarea adicional que tendrán todas las sociedades nacionales (incluidas hasta las acogidas a la Ley 1429 de 2010), y también las extranjeras que sí tengan en Colombia algún “establecimiento permanente” (ver art. 20-1 del  E.T. y Decreto 3026 de dic. 27 de 2013), pues todas ellas deberán presentar su Declaración Anual del CREE en el nuevo formulario 140 definido por la DIAN en su Resolución 0049 de febrero 5 de 2014.

Todo esto nos indica que la elaboración y presentación de la Declaración Anual de Renta y ganancia ocasional del año gravable 2013 y de la Declaración Anual del CREE del mismo año gravable, son tareas que requerirán un importante cuidado para poder hacerlo de forma correcta y evitar problemas posteriores. Por eso, ponemos a tu disposición este Seminario – Taller Práctico, para brindarte el conocimiento necesario y las claves que necesitas.

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