Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Oficio 017548 de 05-07-2017


Actualizado: 5 julio, 2017 (hace 7 años)

DIAN
Oficio 017548
Julio 05 de 2017

Para efectos de la limitación de la deducción por depreciación para el año gravable 2017 y siguientes, se deberá aplicar lo dispuesto en el artículo 137 del ET, teniendo en cuenta que la tasa por depreciación a deducir anualmente será la establecida de conformidad con la técnica contable siempre que no exceda las tasas máximas determinadas por el Gobierno Nacional y la respectiva reglamentación, sin superar los límites determinados en la ley.

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