Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Omisión voluntaria de requerimientos del Estándar Internacional para Pymes


Omisión voluntaria de requerimientos del Estándar Internacional para Pymes
Actualizado: 21 septiembre, 2016 (hace 8 años)
“El párrafo 3.4 del Estándar Internacional para Pymes establece la posibilidad de que una entidad decida no aplicar un requerimiento normativo cuando este puede derivar en la presentación de información financiera no razonable”

Aunque el párrafo 3.3 del Estándar para Pymes requiere que los estados financieros cumplan todos los requerimientos de la norma, una entidad puede ignorar, en determinados casos, algún requerimiento cuya aplicación no resulte material.

El párrafo 3.4 del Estándar Internacional para Pymes establece la posibilidad de que una entidad decida no aplicar un requerimiento normativo cuando este puede derivar en la presentación de información financiera no razonable o inútil para la toma de decisiones. Dicho párrafo establece:

“En las circunstancias extremadamente excepcionales de que la gerencia concluya que el cumplimiento de esta NIIF podría inducir a tal error que entrara en conflicto con el objetivo de los estados financieros de las pymes establecido en la Sección 2, la entidad no aplicará el requerimiento según se establece en el párrafo 3.5, a menos que el marco regulador aplicable prohíba esta falta de aplicación”.

Aunque el Estándar para Pymes se encuentra diseñado con base en los Estándares Internacionales Plenos, y estos se elaboraron teniendo en cuenta las prácticas de mayor aceptación a nivel mundial, existe la posibilidad de que en algunas circunstancias sea imposible aplicar un requerimiento normativo.

Ejemplo

Avícola Maya es una entidad que se dedica a la producción de huevos. Con dicho propósito la entidad adquiere gallinas genéticamente acondicionadas para producir los mejores huevos para consumo humano.

La entidad compra las gallinas de 1 día de nacidas, las cría hasta que cumplen 15 semanas (proceso de levante) y luego las pasa a unos galpones especiales, en donde inician su proceso productivo. Las gallinas se mantienen en producción hasta cumplir alrededor de 70 semanas, luego de lo cual son vendidas a un comercializador, quien las vende en un mercado local para consumo humano.

La entidad está discutiendo si debería aplicar el modelo del valor razonable establecido en el párrafo 34.2.a del Estándar, o el modelo del costo. Tenga en cuenta que las gallinas se pueden vender en cualquier momento, pero su precio siempre será de $3.000 cada una, por ser gallinas ponedoras. La edad de las gallinas no influye en su precio de venta.

Aunque el proceso de producción de huevos se encuentra dentro del alcance de la definición de “actividad agrícola”, es necesario analizar si las gallinas involucradas en el proceso deberían medirse al valor razonable.

En primera instancia, durante la etapa de levante, las gallinas van acumulando los costos asociados al proceso, tales como alimentación, medicamentos, mano de obra y depreciación de las instalaciones. Desde el momento de la adquisición, hasta que las gallinas están listas para empezar a producir, han acumulado en promedio un costo de $9.000.

Aunque no es habitual comprar y vender gallinas en ese punto, sí es posible encontrar un mercado en el cual se comercializan estas aves. En ese mercado una gallina lista para producir tiene un costo aproximado de $14.000.

La entidad decide no utilizar ese precio como valor razonable, ya que sus gallinas son levantadas con procesos especiales y alimentadas con productos desarrollados por una filial de la misma entidad, bajo estricta vigilancia. Adicionalmente la entidad no compra ni vende gallinas en ese punto de desarrollo, ni espera venderlas en un corto plazo.

Debido a lo anterior, las gallinas se miden al costo hasta el momento en que empiezan a producir, acumulando en el activo el costo del levante. Una vez inician la etapa productiva, la entidad podría medir las gallinas por un valor equivalente a lo que recibiría por venderlas en dicho punto. La situación es que esas aves, cuyo costo se eleva hasta $9.000, no se podrían vender en más de $3.000, pues se venden como “gallinas de descarte”. Si la entidad midiera las gallinas a valor razonable en ese punto, entonces tendría que reconocer una pérdida por $6.000 en cada una. Esta pérdida no existe en la realidad.

De acuerdo con lo anterior, la entidad decide aplicar un modelo de costo para la medición de las gallinas en proceso productivo. Cabe señalar que dejar de aplicar un requerimiento que no resulte material, no deriva en incumplimiento del Estándar para Pymes. El Estándar establece requerimientos de información adicionales para las entidades que decidan omitir un tratamiento requerido por el mismo; estos requerimientos a indicar en revelaciones se encuentran en el párrafo 3.5:

“a. Que la gerencia ha llegado a la conclusión de que los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo en la entidad.
b. Que ha cumplido con la NIIF para las Pymes, excepto que ha dejado de aplicar un requerimiento concreto para lograr una presentación razonable.
c. La naturaleza de la falta de aplicación, incluidos el tratamiento que la NIIF para las Pymes requeriría, la razón por la que ese tratamiento sería en las circunstancias tan engañoso como para entrar en conflicto con el objetivo de los estados financieros establecido en la Sección 2, y el tratamiento adoptado”.

CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)

*Exclusivo para Actualícese

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