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Mediante el Decreto 358 y la Resolución 000042 de 2020, el Ministerio de Hacienda y la Dian reglamentaron aspectos relacionados con la facturación electrónica, documentos equivalentes y documento soporte que formaliza la cuenta de cobro.
El documento soporte es el medio con el cual un adquiriente soporta la compra de un bien o adquisición de un servicio con un proveedor no obligado a facturar. Por tanto, no es el vendedor quien expide el documento soporte, sino que, por el contrario, es el adquiriente quien debe expedirlo.
Cabe señalar que este concepto no es nuevo, pues se ha venido utilizando con anterioridad al momento de realizar compras o adquirir servicios de personas no obligadas a facturar; con la salvedad de que la cuenta de cobro no es considerada un documento equivalente válido para la aceptación fiscal de costos y gastos, mientras que, con este documento soporte, sí se podrán deducir costos y gastos.
Todos estos importantes aspectos serán abordados por el Dr. Hassan Mohamed Taleb Arias, junto con una sesión especial de preguntas frecuentes resueltas por nuestro líder en investigación contable y tributaria, el Dr. Diego Guevara Madrid.
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)
Hassam Mohamed Taleb Arias
Consultor Organizacional con experiencia de 13 años en digitalización de procesos empresariales y construcción de software a la medida, es Administrador de Empresas de la Universidad del Valle, WebMaster avalado por MinTic y ha sido entrenado en Herramientas de Coaching por el Colegio Mayor De Nuestra Señora del Rosario, (Facultad de Educación Continuada Bogotá). Actualmente realiza estudios de Maestría en Ingeniería Aeroespacial en la Universidad del Valle. A lo largo de su carrera como asesor comercial en las organizaciones con las cuales ha estado vinculado, ha tratado temas relacionados con planeación estratégica y servicio al cliente, actualmente adelanta desarrollos en el área financiera con Webservices realizando soluciones de sistemas de pago y facturación electrónica.Fecha de grabación: Julio 29 de 2020
Fecha de última actualización: Agosto 28 de 2020
Duración: 1 hora 4 minutos
Conózca más sobre las cesantías
Conózca las fórmulas para Liquidación de las Cesantías
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Conózca más sobre la prima legal de servicios
Conózca las fórmulas para Liquidación de la Prima
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la liquidación
de las vacaciones de tus empleados.
Conózca más sobre las vacaciones
Conózca las fórmulas para Liquidación de Vacaciones
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor unitario de las horas nocturnas,
extra diurnas/nocturnas y dominicales/festivos de tus empleados.
Conózca más sobre las horas extra
Conózca las fórmulas para Liquidación de Horas extra
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la nómina mensual para un empleado del servicio doméstico contratado tiempo completo.
Conózca más sobre la nómina para el servicio doméstico
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
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IPC | |
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(Ver tabla) | |
2019 | 3,80 % |
2018 | 3,18 % |
2017 | 4,09 % |
2016 | 5,75 % |
2015 | 6,77 % |
2014 | 3,66 % |
Tasa de Interés - Dian | |
Artículo 635 del ET (su inciso segundo fue modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016) Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian– |
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Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 25,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 26,04 % |
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 18,19 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 18,69 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 37,05 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 | 36,53 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 34,18 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 34,25 % |
Tasa de Usura - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 27,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 28,04 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 55,58 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 | 54,80 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 51,27 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 51,38 % |
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019 |
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La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos: | ||||||||||||||||||||
Requisito | UVT $34.270 | Valor |
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Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda | 4.500 | $ 154.215.000 |
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consumos con tarjeta de crédito no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Compras y consumos totales del año no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año |
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