Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Las acciones de cobro de impuestos prescriben?
Resueltas octubre 18 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que, efectivamente, las acciones de cobro relacionados con el pago de impuestos pueden prescribir, como lo es el caso de una persona natural que, aunque debía presentar su impuesto de renta, no lo hizo; situación que faculta a la Dian para catalogarlo como un omiso por la no presentación de dicho impuesto, pero solo por un término de cinco años contados a partir de la fecha del vencimiento para declarar, según lo indicado en los artículos 715 al 719-2 del Estatuto Tributario.