Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento: bienes de uso público, históricos y culturales


Reconocimiento: bienes de uso público, históricos y culturales
Actualizado: 17 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Bienes de uso público
  • Bienes históricos y culturales
  • Salvedad importante

Para el reconocimiento de los bienes de uso público, históricos y culturales es importante conocer sus características, para clasificarlos de manera adecuada y darles el mejor uso posible. Dichos bienes no deben hacer parte de la propiedad, planta y equipo o propiedad de inversión.

Bienes de uso público

Son aquellos bienes cuyo dominio pertenece a una persona de derecho público y su uso se encuentra destinado a la colectividad en general, es decir, al servicio de todos los habitantes. El Estado ejerce todos los derechos de administración y seguridad, por tanto, su interés general consiste en garantizar el uso y goce común de estos a través de la protección, el mantenimiento y apoyo financiero. Son bienes inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Entre estos bienes se encuentran: las redes de infraestructura de transporte, los parques recreativos, las bibliotecas, las hemerotecas, las plazas, las redes férreas, fluviales, y aeroportuarias, entre otros.

Por otra parte, es importante reconocer algunos aspectos esenciales para su resguardo y progreso, como:

  • Cuando se efectúa una mejora o rehabilitación, debe reconocerse como mayor el valor del bien. Dicha situación afecta de manera directa su vida útil, lo que afecta también el cálculo futuro de la depreciación.
  • Cuando se incurre en el mantenimiento y conservación del bien es preciso afectar el gasto del periodo, ya que son erogaciones efectuadas para conservar la capacidad normal de uso.

Bienes históricos y culturales

Son bienes materiales, muebles o inmuebles, a los que se les atribuye un especial interés histórico, artístico, científico o simbólico. Resulta importante que el Estado emita declaratoria para estos bienes y les dé un manejo como parte de la identidad nacional.

Recordemos entonces que, como característica principal, los bienes históricos y culturales deben ser declarados mediante un acto administrativo. Además, su medición debe ser fiable y cumplir con las siguientes características para su reconocimiento:

  • No es habitual que su valor en términos históricos y culturales refleje un valor financiero basado en un valor de mercado.
  • Debe tener obligaciones legales o reglamentarias que prohíban o restrinjan su disposición para la venta.
  • Dichos valores son poco reemplazables y con el pasar del tiempo van adquiriendo mayor valor, aún cuando su condición física refleje deterioro.
  • Es probable que no se pueda estimar su vida útil.

Aquí encontramos algunos ejemplos como: los monumentos históricos, los lugares arqueológicos y culturales, obras musicales, teatrales, pictóricas, entre otros.

Así mismo, es importante registrar de forma adecuada los aspectos en los cuales se incurre para su reconstrucción y subsistencia como:

  • Las restauraciones que se le realicen de forma constante al bien se reconocen como mayor valor.
  • El mantenimiento y conservación se reconoce como gasto en el resultado del periodo.

Salvedad importante

“Sin embargo, aquellos bienes que han sido declarados como históricos y culturales que cumplan con las condiciones de propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión o bienes de uso público se deben clasificar y aplicar la respectiva norma para cada uno.” (Plan Nacional de Capacitación a Clientes Externos, Marco Normativo para Entidades de Gobierno. Pág. 30).

Carolina Calderón Fuentes
ccalderon@globalfinancialmanagers.com
Global Financial Managers S.A.S.

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