Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro de información tributaria: trámite para inscribirse en Bogotá


Registro de información tributaria: trámite para inscribirse en Bogotá
Actualizado: 19 enero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Documentos a reunir para su solicitud
  • Tenga en cuenta que…
  • Si es persona natural:
  • Si es persona jurídica:
“Los contribuyentes bogotanos tienen hasta dos (2) meses después del inicio de actividades para confirmar o modificar la información consignada en el registro de información tributaria –RIT–”

Los contribuyentes de Bogotá deberán inscribirse en el registro de información tributaria –RIT– dentro de los 2 meses siguientes al inicio de actividades. En este editorial describimos los documentos que deben reunir las personas naturales y jurídicas para inscribirse en este registro.

Los contribuyentes bogotanos tienen hasta dos (2) meses después del inicio de actividades para confirmar o modificar la información consignada en el registro de información tributaria –RIT–, accediendo al RIT a través de la oficina virtual de la entidad. Si no se realiza ninguna de las dos acciones, la información reportada continuará vigente.

Cabe recordar que el registro de contribuyentes del impuesto de industria y comercio también se conoce como inscripción en registro de información tributaria y consiste en la incorporación al mecanismo de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio.

Para facilitar la obligación de la inscripción en el RIT, la Dirección de Impuestos de Bogotá realizó la preinscripción de oficio de los datos (nombre, tipo y número de documento de identidad, dirección de notificación y código de municipio de notificación) de los contribuyentes de Bogotá, que serán utilizados para notificar, comunicar, recibir invitaciones y respuestas a sus peticiones, quejas, reclamos, solicitudes, sugerencias y reconocimientos.

Documentos a reunir para su solicitud

  • Los ciudadanos deben presentar el documento de identidad. Si el contribuyente está constituido legalmente como persona natural o jurídica ante cámara de comercio deberá exhibir el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a 90 días.
  • Las personas extranjeras deben presentar o exhibir la cédula de extranjería.
  • Presentar el original o fotocopia del RUT.
  • Descargar y diligenciar el formulario de RIT Contribuyente. Con este formulario se realiza la inscripción, actualización y cese de actividades, de la persona natural, jurídica o sociedad de hecho del contribuyente del impuesto de industria y comercio avisos y tableros –ICA–.
  • Descargar y diligenciar el formulario de RIT Establecimiento. Este formulario se utiliza para realizar la apertura, actualización o clausura de los establecimientos de comercio que posea el contribuyente.

Tenga en cuenta que…

Si el trámite lo realiza un tercero deberá estar autorizado por quien corresponda y tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

Si es persona natural:

  • Carta de autorización firmada por el contribuyente, indicando el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere.
  • Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
  • Original del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica:

  • Carta de autorización firmada por representante legal, indicando el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere.
  • Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá con vigencia no mayor a 90 días.
  • Original del documento de identificación del autorizado.

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