Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanciones que se pueden generar por no presentar la declaración de renta a tiempo


Sanciones que se pueden generar por no presentar la declaración de renta a tiempo
Actualizado: 12 agosto, 2021 (hace 3 años)

Los contribuyentes deben estar atentos a las sanciones que puede acarrear por no presentar la declaración o hacerlo tarde.

Conozca si como contribuyente debe declarar renta o no, teniendo en cuenta que declarar no necesariamente significa pagar el impuesto.

Ángela González y Alexandra Gnecco, de EY Colombia, explican que la novedad más importante en la declaración de renta de personas naturales, por el año gravable 2020, es el cambio en el orden de los últimos dígitos del NIT. «Este año los primeros en declarar serán los contribuyentes cuyo NIT termina en 01 y 02», dicen.

Un aspecto a tener en cuenta se relaciona con el orden de los vencimientos para la presentación de la declaración en conexión con los dos últimos dígitos del NIT que, para el caso de las personas naturales, corresponde a los dos últimos dígitos de su cédula.

Un punto a tener en cuenta este año es saber si la persona debe declarar renta o no, teniendo en cuenta que declarar no necesariamente significa pagar el impuesto.

Otro aspecto que deben estar atentos los contribuyentes son las sanciones que puede acarrear el contribuyente por no presentar la declaración o hacerlo tarde.

«Es importante que las personas tengan clara la importancia de hacer la declaración de renta, pues es una obligación legal ante la Dian. Si la persona al presentar la declaración de renta no tiene el dinero disponible para pagar, es mejor dejar pendiente el pago y de todas maneras presentar la declaración de renta, pues si se demora en hacerlo, o no lo hace, las sanciones son mayores a los intereses moratorios», explican.

Las sanciones que se pueden generar por no presentar la declaración de renta a tiempo equivalen en un principio al 5 % del impuesto a cargo, antes de cualquier tipo de retención en la fuente, pues la declaración de renta se liquida restándole el impuesto pagado por concepto de retención en la fuente durante el año gravable.

Este porcentaje de sanción puede aumentar según los días o los meses en los que se demore la presentación o pago del impuesto.

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