Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valor intrínseco de las inversiones: ¿se sigue usando bajo NIIF?


Valor intrínseco de las inversiones: ¿se sigue usando bajo NIIF?
Actualizado: 4 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Con la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF– en Colombia, deben revisarse algunos asuntos que se habían convertido en prácticas generalizadas. Uno de ellos es el ajuste de las inversiones al valor intrínseco. En este artículo se presenta una postura sobre el tema, basada en la interpretación de las NIIF.

En primer lugar, hay que tener claridad sobre la clasificación de las inversiones que bajo NIIF se clasifican en:

a. Instrumentos financieros.
b. Inversiones en asociadas.
c. Inversiones en subsidiarias.
d. Acuerdos conjuntos.

La discusión sobre el valor intrínseco versa sobre inversiones que se miden al valor razonable, es decir, los instrumentos financieros y las asociadas, estas últimas cuando la entidad ha decidido medirlas a valor razonable de acuerdo con el párrafo 14.4 de la NIIF para pymes.

Una entidad que haya decidido medir sus inversiones a valor razonable, debe tener en cuenta la jerarquía establecida en el párrafo 11.27 de la NIIF para pymes:

a. El valor de cotización en bolsa de la inversión.
b. Pecios de transacción recientes para instrumentos idénticos.
c. Otras técnicas de valoración.

El literal a hace referencia expresa a la cotización en bolsa, el literal b hace referencia a negociaciones anteriores sobre los mismos instrumentos, por ejemplo, si se conoce de algún inversionista que haya adquirido el mismo tipo de acciones (o cuotas partes) que se están valorando.

El literal c permite utilizar otras técnicas de valoración de inversiones, entre las cuales se encuentran:

a. Flujos de caja esperados (por utilidades generadas y/o por venta de la inversión).
b. Metodología de los activos netos (similar a la del valor intrínseco).

Se aclara que el objetivo de utilizar otras técnicas de valoración es estimar el precio de transacción que se habría alcanzado en la fecha de medición, entre partes independientes y en condiciones normales de negocio.

Adicionalmente, el párrafo 11.29 establece que una técnica de valoración solo puede calificarse como una medición fiable si:

a. Refleja, de forma razonable, el precio que se podría esperar para el activo en condiciones normales de mercado.
b. Las variables utilizadas por la técnica de valoración reflejan de forma razonable las expectativas del mercado y miden factores de rentabilidad y riesgo del activo.

“el valor intrínseco es una medida adecuada del valor razonable solamente si refleja el valor que se podría obtener si se decide vender la inversión”

De acuerdo con lo anterior, el valor intrínseco es una medida adecuada del valor razonable solamente si refleja el valor que se podría obtener si se decide vender la inversión, lo cual, en condiciones normales, es muy difícil establecer.

El cálculo actual del valor intrínseco se basa en el valor reportado en los estados financieros de la entidad participada, el cual se multiplica por el porcentaje de participación del inversor, y el resultado se presenta en los libros del inversor como valor de la inversión. Veamos el siguiente caso:

La entidad A es propietaria del 30% de la entidad B. El costo de adquisición de la inversión es de $5.000.000. Los estados financieros de la entidad B, a la fecha de medición, contienen los siguientes datos:

Activos

10.000.000

Pasivos

3.000.000

Patrimonio

7.000.000

Si se utiliza la metodología del ajuste a valor intrínseco como se ha tratado tradicionalmente, el valor de la inversión de A en B se ajustaría a $2.100.000. Este ajuste produce una pérdida en el estado de resultados por valor de $2.900.000, por disposición del párrafo 11.14(c) (i).

La pregunta que debe hacerse el preparador de la información financiera es: ¿si se decidiera vender a inversión en ese momento, se obtendría por la venta un valor aproximado de $2.100.000?

Si la respuesta es sí, este valor se puede usar como valor razonable. Si la respuesta es no, entonces no se puede utilizar este como un valor razonable para ajustar la inversión.

Adicionalmente, el valor del patrimonio neto en los estados financieros no suele representar el valor de mercado de la entidad, pues para determinar este último, es necesario evaluar factores externos no reconocidos en los estados financieros.

Por todo lo anterior, es muy poco probable que la metodología de ajuste a valor intrínseco cumpla los criterios establecidos para ser una técnica de valoración de conformidad con el párrafo 11.27 de la NIIF para pymes.

Si la entidad mantiene inversiones en acciones o cuotas partes, en entidades que no cotizan en bolsa, puede medirlas al costo menos depreciación y deterioro, o buscar otra metodología basada en flujos de caja descontados.

Juan David Maya Herrera
Consultor NIIF

*Exclusivo para actualicese.co

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