Veamos el siguiente caso que nos plantean. Es cierto que si al elaborar mi declaración de renta como empleado y el impuesto calculado por el sistema ordinario me da $200.000 y por el IMAN me da cero, ¿no puedo optar por declarar con el formulario 230 que también me da cero de impuesto a pagar?
Esta persona sí tiene la posibilidad de pasarse al formulario 230. Los únicos requisitos que se le piden a usted como empleado o el cliente a quien usted le está haciendo el trabajo es alguien que pertenece a la categoría empleado, la posibilidad de pasarse al formulario 230 del IMAS es solamente cuando la RGA esté por debajo de 4.700 UVT.
Si tiene esa condición, empleado con una RGA inferior a 4.700 UVT, se puede pasar al formulario 230 que le puede dar cero si tiene ingresos pequeños. Y fuera de esto, gracias a este formulario la declaración le queda en firme en seis meses. De esta manera, se puede dejar a un lado el formulario 210, sin importar los resultados que estaban dando.
El formulario 230 es alternativo. Si a usted le gusta, le parece atractivo y tiene el requisito que es un empleado con una RGA inferior a 4.700 UVT, pues se puede pasar y se queda con ese formulario.