Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Bondades y novedades de la NIIF 9 frente a la NIC 39


Bondades y novedades de la NIIF 9 frente a la NIC 39
Actualizado: 12 diciembre, 2018 (hace 5 años)

El enfoque conceptual de la NIIF 9 es completamente distinto al de NIC 39. La primera es una norma que introdujo mejoras al modelo actual, pero presenta un alcance similar a la NIC 39; de modo que los instrumentos financieros que se encuentran dentro del alcance de una también lo están dentro del de la otra.

Deloitte publicó un profundo análisis titulado NIIF 9 Instrumentos financieros: Lo que hay que saber desde la perspectiva de las empresas no financieras, donde afirma que la versión definitiva de la NIIF 9 – Instrumentos financieros se emitió el 24 de julio de 2014, integrando los capítulos de clasificación y valoración, deterioro y contabilidad de coberturas en que se había dividido su emisión parcial en el largo proyecto de sustitución de la NIC 39 – Instrumentos financieros: Reconocimiento y Valoración.

“El enfoque conceptual de la NIIF 9 es completamente distinto al de la NIC 39 y es una norma que introduce mejoras al modelo actual”

La norma entró en vigor para los ejercicios anuales iniciados desde el 1 de enero de 2018 y se permitió su aplicación anticipada. La NIIF 9 se aplicará de forma retroactiva, con ciertas excepciones, aunque no se exige reexpresar los períodos comparativos.

El enfoque conceptual de la NIIF 9 es completamente distinto al de la NIC 39 y es una norma que introduce mejoras al modelo actual. Sin embargo, tiene un alcance muy similar a la NIC 39, de modo que los instrumentos financieros que se encuentran dentro del alcance de esta última también lo están dentro del de la NIIF 9, aunque adicionalmente:

  • La NIIF 9 incluye la posibilidad de designar determinados contratos de compra o venta de partidas no financieras para “uso propio”, medidas mediante “valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias”. Actualmente en la NIC 39 estos contratos están fuera del alcance de la norma.
  • Por otro lado, el alcance de los requisitos de deterioro de la NIIF 9 es más amplio que el de su predecesor, puesto que incluye ciertos contratos de garantía financiera y compromisos de préstamo, así como también incluye los activos contractuales de la norma de ingresos NIIF 15, que tampoco están actualmente al alcance de la NIC 39.

Empresas no financieras no deben subestimar el potencial impacto de la NIIF 9

«Aunque la aplicación de la NIIF 9 tendrá un impacto más generalizado y significativo en bancos, aseguradoras y otras entidades financieras, las empresas no financieras tienen también por delante una transición que no está exenta de trabajo», afirma la publicación de Deloitte.

Aunque no tenga instrumentos financieros complejos, una empresa no financiera se va a encontrar con que si por ejemplo mantiene inversiones financieras en bonos corporativos, cambiará su forma de valoración; que sea cual sea el tipo de activos financieros que tenga, cambiarán sus políticas contables de deterioro y probablemente tendrá que anticipar el reconocimiento de los mismos; y que si por ejemplo utiliza actividades de cobertura para gestionar sus riesgos, existan unos nuevos requisitos contables que probablemente le resultarán más ventajosos que los actuales.

De este modo y teniendo en cuenta que también en 2018 se empezaron a aplicar los lineamientos de la NIIF 15 y que a partir del 1 de enero de 2019 se tendrán que aplicar los requerimientos de la NIIF 16, es recomendable actualizarse lo antes posible sobre estas normas.

Alcance de la NIIF 9 frente a la NIC 39

La NIIF 9 tiene un alcance similar al de la NIC 39. «De todos modos, el alcance de la NIIF 9 en relación con el deterioro sí es más amplio que su predecesor e incluye activos como las cuentas por cobrar por arrendamientos y los activos contractuales de NIIF 15, que por lo demás no están en el alcance de la norma de instrumentos financieros», se afirma en la publicación.

Por otra parte, en la NIIF 9 continúa existiendo la llamada “excepción por uso propio”, por la cual aquellos contratos para la compra o venta de partidas no financieras, si son para cumplir con los requerimientos de compra, venta o necesidades de uso propio esperados por la sociedad, quedan fuera del alcance de la norma en cuestión. La NIIF 9 permite que estos contratos puedan designarse al inicio y de forma irrevocable para su valoración a “valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias”, si de esta manera se elimina o reduce de forma significativa una asimetría contable.

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