Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Con proyecto de decreto se busca modificar clasificación de empresas en los grupos 2 y 3


Actualizado: 31 agosto, 2021 (hace 3 años)

Proceso de discusión estará abierto hasta el tres de septiembre de 2021 y modifica el Decreto 2420 de 2015.

Luego de recibir la propuesta consolidada de modificación normativa del Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, el ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el proyecto «por el cual se modifica el Decreto 2420 de 2015, Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, en relación con la clasificación de las entidades que conforman los Grupos 2 y 3, la simplificación contable para las microempresas y el sistema de caja para las personas naturales y se dictan otras disposiciones”.

De acuerdo con la entidad, el plazo máximo para la recepción de comentarios sobre el particular es el tres de septiembre de 2021 y estos deben enviarse al buzón jalvarez@mincit.gov.co.

El CTCP observando lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, remitió mediante oficios electrónicos Nos. CTCP –2021- -000019 y CTCP con radicado 2-2021-034989 dirigidos a los Ministros de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el Documento de Sustentación de la propuesta a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) – Mejoras DUR 2420 de 2015 – Proyecto de Simplificación para Microempresas que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad.

El ámbito de aplicación del proyecto normativo es a nivel nacional y va dirigido a los preparadores de información financiera con propósito general que conforman los grupos 2 y 3.

Se precisa que los emprendedores que preparen información financiera con propósito general que pertenezcan al grupo 3, aplicarán el marco regulatorio dispuesto en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015.

Fuente: CTCP.

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