Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 006198 de 21-03-2017


Actualizado: 21 marzo, 2017 (hace 7 años)

DIAN
Concepto 006198
Marzo 21 de 2017

Cualquier venta de combustibles fósiles que se facture con posterioridad a la entrada en vigencia de la reforma tributaria del año 2016 estará gravada con el impuesto nacional al carbono, ya que, a diferencia de lo que ocurre con el impuesto sobre las ventas, con este impuesto no se incorporó ningún régimen de transición determinado por la fecha de suscripción del contrato estatal.

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