Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Consultas públicas o consultas privadas en los procesos de regulación contable? – Germán Eduardo Espinosa Flórez


Hace bastante tiempo Cyert e Ijiri(1) plantearon una problemática alrededor de la neutralidad en la preparación de estados contables y concluyeron que el contenido de la información financiera es el producto de la interacción mutua entre tres fuerzas: usuarios, preparadores y auditores. En esta triada existe un trade-off, en el cual se plantean algunos conflictos, por ejemplo, no siempre las entidades quieren reportar y los auditores asegurar la información que demanda los usuarios; o viceversa, información que un preparador desee reportar puede que no sea relevante a los usuarios aunque sea susceptible de ser asegurada por los auditores.

Cyert e Ijiri son partidarios de establecer un adecuado “equilibro” en la elaboración de normas de contabilidad, y de identificar un área de intersección, como denominaron, al espacio en el cual convergen los intereses de unos y otros; este equilibro, esta área, es la que determina qué información se debe preparar, presentar y auditar; para estos investigadores, ningún actor puede decidir arbitrariamente sin consultar los intereses de los involucrados.

Han pasado cuatro décadas desde que Cyert e Ijiri realizaran estos planteamientos, y lo que se puede observar actualmente a nivel internacional, es que los reguladores tratan –aunque muchas veces no lo logran- de generar espacios para que los implicados participen en los procesos de regulación y con ello contribuir con el anhelado equilibrio que debe existir entre los intereses de los usuarios, preparadores y aseguradores. Bajo este escenario, la legitimidad de los procesos de regulación se alcanza en la medida en que los reguladores ejerzan una debida tutela que salvaguarde este bien superior; no es la autoridad legal del ente –privado o público-, como algunos creen, la que legitima el proceso regulatorio, no es la decisión del ente regulador, por más sabia que sea, la que debe determinar qué información se elabora presenta y audita; si el regulador cae en este error, está haciendo un uso indebido del poder, como algunos ya lo han advertido:

“…para ser legítima, la interpretación legal debe someterse a procesos metodológicos admitidos por la ciencia jurídica. Nunca habrá legitimidad en esas interpretaciones cada vez más comunes que no son otra cosa que el ejercicio arbitrario del poder. Precisamente por esto, lo que es una de las principales conquistas de la revolución que implicó el abandono del poder real para entronizar el poder del pueblo, las autoridades deben enunciar los motivos de todas sus actuaciones. En el derecho moderno las normas se sostienen no tanto por la dignidad de la autoridad como por la admisibilidad de sus argumentos”.

Las consultas públicas son una forma de democratizar la participación en los procesos de regulación contable, cuando un regulador emite una consulta “abre la puerta” para que cualquier actor exprese su posición y la argumente, sin embargo, algunos sostienen que no es necesario hacer esta labor, que con consultar a algunos partícipes es suficiente, pero lo cierto es que antes de “escoger” la población objeto de la consulta se tendrá primero que resolver las siguientes inquietudes: ¿qué argumentos son válidos para convocar a una entidad y no a otra?, ¿por qué es válido que haga partícipe a los preparadores y no a los auditores?, ¿por qué consultar a los que elaboran y no a los usuarios?. Por más objetiva que se haga la selección siempre habrá un margen de duda, no faltará quien ponga en duda el proceso, quien cuestione la forma; este inconveniente es muy fácil de solucionar, basta con hacer públicos los documentos e invitar a todos los actores a participar; cuando las consultas se hacen “teledirigidas” dejan de ser públicas y se convierten en privadas, lo cual tiene un efecto contrario al deseado, es decir profundiza el desequilibrio entre los intereses de los usuarios, preparadores y auditores.

Si se admite la benevolencia de las consultas públicas, surge un interrogante: ¿qué consultar?. Michael Foucault, en un texto inédito escrito en 1984 y publicado hasta 1993 en la revista Magazine Littéraire número 309, afirma:

“Ocurre en nuestro tiempo que cuando un diario plantea una pregunta a sus lectores, lo hace para solicitarles su punto de vista en relación con algún tema, sobre el cual cada quien ya tiene su opinión formada. En este caso, quien responde no corre ningún riesgo al no poder informar o enseñar nada nuevo con su respuesta. En el siglo XVIII se prefería interrogar al público sobre auténticos problemas; es decir, preguntas referidas a temas sobre las cuales aún no se tenían respuestas…”.

Las consultas públicas tienen que abordar “auténticos problemas”, temas sobre los cuales existen diferentes planteamientos, donde no hay una única posición al respecto, donde a pesar de que se ha discutido todavía hay margen para el debate; no obstante, algunos piensan que no es factible debatir cuestiones reservadas a las decisiones que debe tomar en su máxima sabiduría el regulador, es como si la divina providencia hubiese iluminado unas mentes prodigiosas que son las llamadas a señalar el camino inequívoco por el cual debe transitar sus súbditos; esto que era aceptado en otros regímenes, hoy en día está totalmente revaluado en las sociedades democráticas.

Asuntos que son calificados por algunos como “trasnochados” son de debate público a nivel internacional, por ejemplo, el Public Sector Accounting Board (PSAB) de Canadá emitió en agosto de 2011 una consulta en la cual, entre otros aspectos, pregunta:

  1. Is the list of key characteristics of public sector entities complete? If not, what is missing and how should it be described?
  2. Is each key characteristic appropriately described? Please explain any changes that should be made.

El Australian Accounting Board en abril de 2010 inicio un proyecto para definir el concepto de entidad que reporta, e interroga por cuestiones tales como:

  1. Fundamentally, what is the basis for determining the boundary of a reporting entity in the public sector?.
  2. What entities are within that boundary and what assets are within that boundary?

El International Public Sector Accounting Standards Board, emitió en diciembre de 2010 tres documentos en los cuales solicita comentarios sobre aspectos relacionados con el marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera de entidades del sector público, y acaba de publicar un nuevo texto para que los partícipes se pronuncien con relación al “Reporting Service Performance Information”.

Estos son algunos ejemplos de lo que a nivel internacional hacen los reguladores a efectos de fijar la política y establecer los estándares de contabilidad; la lista de consultas públicas es muy extensa, los reguladores más importantes hacen públicos “los auténticos problemas” e invitan a reflexionar sobre los mismos para construir de manera participativa la regulación contable. El profesor Estanislao Zuleta afirmaba: “La apertura democrática es la búsqueda de una democracia que no sea una burla para la población. Para ello se necesita una actividad que es la que vamos a promover aquí y la podemos llamar participación…”.(2)

Germán Eduardo Espinosa Flórez
Profesor Pontificia Universidad Javeriana
german.espinosa@javeriana.edu.co

(1) CYERT, R e IJIRI, Y: “Problems of implementing the Trueblood Objetives Report”. Studies on Financial Accounting Objetives. JAR supl 1974, págs 29 – 41.

(2) Zuleta, Estanislao. Colombia: Violencia, democracia y derechos humanos. Hombre nuevo editores, sexta edición 2008.

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