Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Cubrimiento] Conclusiones del Foro NIIF –XBRL 2009


Actualizado: 18 mayo, 2009 (hace 15 años)

actualícese.com asistió el 14 y 15 de Mayo a un extraordinario evento realizado por la Organización Interamericana de Ciencias Económicas, OICE,  en Bogotá. Las conferencias fueron de gran  importancia y de ellas destacamos aquellos detalles que nos parecieron más relevantes.

Luis Alonso Colmenares

La apertura del evento la realizó el Contador Público de la Nación Luis Alonso Colmenares  quien destacó la importancia de mejorar la formación del Contador Público. Profesional que lamentablemente, aún, ni siquiera identifica los órganos de la profesión y sus funciones.  Recalcó sobre la necesidad de consolidar con estos eventos una cultura contable  y colaborar en la construcción de una profesión para lograr la confianza pública. Es también necesario, dijo, entender la contabilidad en forma diferente a la simple acumulación de datos, siendo necesario dar pasos para avanzar frente al atraso conceptual y técnico del país frente al XBRL.

Expresó que la Contabilidad hoy en día no es lo mismo. La Auditoría pasó a ser  aseguramiento, indicando que es necesario conseguir la Jurisdicción del XBRL para Colombia e implementarla en nuestro país, aprovechando los avances que en este campo y en la armonización de las Normas Internacionales ha tenido la Contaduría Pública, la Superintendencia de Comercio Industria y Turismo amén de los avances que se tienen en el país tecnológicamente con la  Agenda de Conectividad y los avances de los programas de  Colombia en línea.

Le dio gran importancia a la noticia de última hora que señala que antes del 20 de Junio de 2009 la Plenaria del Senado, con la aprobación de la Ley en la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información en Colombia, se acabe con el derecho de cada Superintendencia a reglar el control  y lograr la convergencia de las normas Contables colombianas con las internacionales.

Finalizó  expresando que estamos en un buen camino para llegar a una Convergencia pues los  “únicos  que pueden llegar a un acuerdo hablando, son los seres humanos”.

María Sonia Barrientos-  Directora Académica de OICE

Trató  con agradable estilo el tema denominado “Hacia un conjunto de estándares globales”. Una extraordinaria disertación  sobre el momento que se vive mundialmente  frente a las IFRS y  las US-GAAP. Importancia de los estándares internacionales, la necesidad para el país. Dio importantes informaciones académicas sobre el desarrollo de estos estándares a nivel mundial destacando los negativos efectos por el retraso en la  adopción, adaptación, armonización o convergencia de estos estándares para Colombia.

Cabe destacar que Sonia Barrientos es autora junto con el Contador Público Daniel Sarmiento, del libro ‘Ejemplos, Ejercicios y Casos Prácticos Comentados’, publicación relacionada con las Normas Internacionales de Contabilidad que no dudamos en recomendar.

Juan Carlos Gutiérrez González – Socio de Auditoría de DELOITTE

El tema tratado se denominó “Importancia de la aplicación por Primera Vez de las IFRS”. Hizo una serie de recomendaciones indicando la importancia de la sensibilización a todos los estamentos de la empresa sobre el tema. Aquí debe tenerse en cuenta que no se trata de un proyecto Contable sino de uno que atañe a todos y se convierte en un compromiso de la alta Gerencia.

Recomienda no contratar consultores externos para su implementación sino capacitar a todos los que deben intervenir en el proceso y recibir, si es necesario, el apoyo de consultores externos que hagan el seguimiento y den claros derroteros en el camino a seguir.

Se deben establecer planes claros y  trabajar con altos niveles de automatización de conversión, homologación y consolidación. La contratación de especialistas dependerá siempre de la masa crítica de operaciones.

Tener en cuenta elementos básicos como las implicaciones de su puesta en marcha, el modelo funcional, los efectos del ‘fair value’, valor razonable e impuestos y entender que habrá diferencias  que deben ser conciliadas y explicadas  de acuerdo con las condiciones de la información de cada empresa.

Igualmente expresó la seguridad de que serán establecidos estándares internacionales o  IFRS para las Pymes.

Pedro González Cerrud – Senior Director de INVESCO

El tema que trató fue “Medición y valoración para el elaboración  y análisis de los Estados Financieros  frente a las NIIF-IFRS” (Valor Razonable). Habló inicialmente que existen diferentes métodos de valoración,  indicando, que lo que es un valor razonable para unos es malo para otros.

Expresó  que  cada estándar de las IFRS establece formas diferentes para obtener el Valor Razonable, presentando un listado en donde se habla del valor razonable.

Recordó que hay una tendencia a indicar que la actual crisis financiera naciera de una mala utilización del Valor Razonable, lo cual no es cierto. Y que no obstante la crisis, el Valor Razonable llegó para quedarse.

Hasta tuvo tiempo para hacernos reir ya que hizo un chiste sobre la crisis financiera que nos llamó la atención. “Un usuario  va a un cajero y  se encuentra con la frase  “no hay fondos”; entonces el usuario se pregunta “¿le falta dinero a mi cuenta o será más bien al Banco?”.

Igualmente se refirió a la palabra “NINJA” utilizada por el español Leopoldo Abadía para referirse a lo que hicieron los Bancos. Ofrecían hipotecas a un tipo de clientes, los “ninja” (no income, no job, no assets, es decir, personas sin ingresos fijos, sin empleo fijo, sin propiedades).

Expresó que la voz cantante del valor razonable lo llevó el Fab 157 que fue modificado por la NIIF 39, y cuyo cambio  hizo la IASB.

Ana Lucía López Socia de KPMG

El tema tratado fue “Normas Internacionales para PYMES”. Se espera que para el mes de Junio de 2009 salgan los estándares, fruto de la propuesta hecha por la IASB en un borrador cuyos comentarios se recibieron hasta Noviembre de 2007, cuando se recibieron 162 cartas con comentarios y se hicieron pruebas de su aplicación en 116 entidades de 20 países.

La denominación de PYMES fue cambiada en Mayo de 2008 cuando se empezaron a llamar por parte de IASB “Normas para entidades privadas”, sin embargo a partir de Enero de 2009 tiene una nueva denominación: IFRS (International Financial Reporting  Standards) para NPAEs (Non-Publicy Accountable Entity’).

En español

NIIF (Estándares o Normas Internacionales de Información Financiera) para NPAEs “Entidades que no tienen hoy obligación con el Público”.

Están segmentadas en pequeñas y medianas.

Entre sus características están el que no reportan en bolsa ni a entidades reguladoras, pero sí publican Estados Financieros de propósito general para usuarios externos.

La conclusión es que habrá obligación de aplicar las IFRS para todo tipo de empresas.

Felipe Janica Vanegas -Partner/IFRS Country Leader en Ernest & Young

El tema tratado fue “Convergencia US-GAAP  a IFRS”. Recordó que las US-GAAP están orientadas a un mercado público de valores, controlado por la SEC, normas que no solo emite FASB sino también AICPA entidad que promulga normas técnicas para diversos sectores y la misma SEC.

Hay  en el proceso de convergencia diferencias generales que se están moviendo hacia un solo paquete único.

En Estados Unidos hay una alerta  para los CPA por el cambio de las US-GAAP y la tendencia es a que nos se cambien, sino que en lo posible frente a las IFRS  se adapten  o más bien se suavicen las diferencias.

La tendencia es ir de las US-GAAP a las IFRS.

El derrotero  indica  que se adopten o adapten IFRS en el 2009, pero la ruta obligatoria  está establecida para los años 2014-2015 o 2026.

En el caso colombiano en el cual la Ley que próximamente será promulgada cuando se  refiere a Convergencia es necesario

Se debe dar el espacio suficiente para que las Normas Internacionales de Información Financiera se preparen.

Que la convergencia sea controlada.

Evaluar lo que pasará con el Estatuto Tributario y el Código de Comercio.

Conocer que la Convergencia depende de quienes estén responsabilizados por el gobierno de prepararlas.

Mario Andrade –Socio de DELOITTE

Trató el tema “Implicaciones prácticas  de las IFRS en los impuestos en Colombia”. Hay  una tendencia mundial a unificar el Impuesto de Renta para llegar a utilizar una tarifa única.

En Colombia los impuestos dependen de Estatutos, Leyes, Sentencias, Decretos y Conceptos que se vuelven doctrinas. Hay normatividades específicamente tributarias, utilizadas en la Contabilidad, Leasing, Joint Ventures, (Uniones Temporales y Consorcios) Combinaciones de Negocios (Fusiones y Escisiones). Hay elementos como la plusvalía, la amortización de good will que son elementos que producen diferencias al momento de aplicar las IFRS.

Daniel Sarmiento- coautor del libro Normas Internacionales de Contabilidad, Casos, y Ejemplos Prácticos. Se refirió al tema “Cambios Recientes de las IFRS”.

Explicó cada uno de los cambios indicando que hay algunos aplicables a partir del 1º de Enero de 2009, otros a partir del 1º de Julio de 2009 y otros a partir del 1º de Enero de 2010.

Ricardo Beltrán Duque – Gerente Financiero y de Tesorería de la empresa Confianza, Compañía aseguradora de FIANZAS S.A. Trató el tema “La visión del inversionista frente a los Estados Financieros”.

Su enfoque fue hacia el riesgo, su necesidad de ser evaluado, el riesgo no se elimina sino que se minimiza.

La tendencia hoy es hablar de valoraciones más que de valorizaciones.

El riesgo puede generar utilidades y no tiene connotaciones negativas.

La crisis se debe mirar como la luz al final del túnel.

No se puede cometer el error de hacer operaciones grandes con columnas de liquidez pequeñas.

Charles Hoffman- CPA- Director de Innovative Solutions. Padre del XBRL. Su conferencia fue sobre el tema “Qué requieren conocer los Gerentes, Contadores, Gerentes Financieros del nuevo lenguaje del reporte de los negocios XBRL (Extensible Business Reporting Language)”.

Era la conferencia más esperada. Autor de XBRL para Dummies y viene desde 1.998  trabajando en el XBRL.

El XBRL es en este momento la tecnología semántica en WEB más importante del mundo. Y será más importante cuando sea invisible.

Producirá necesariamente cambios sustantivos en el software contable.

Se llegará a tener XBRL en cada aplicativo de los negocios, sin necesidad de intercambiar información ni redigitar.

Los técnicos tendrán qué entender a los generadores de negocios.

Es creciente la utilización del XBRL, especialmente ahora en el sistema financiero.

Se tiene de 120 a 140 proyectos que van unidos al XBRL  (cada uno cuenta con cerca de 1.000.000 de usuarios).

La SEC empezó a utilizar el XBRL y EDGAR, fundamentado en WEB 1 pasa a utilizar IDEA fundamentado en WEB 3  que es una base de datos expresada en XBRL,  habiendo modelado para su uso un diccionario de datos.

Se constituye en una información estructural que caracteriza el “Formato de metadatos más exitosos en la web”.

Ahora se requiere tener conocimiento de cómo irá a ser la vida en el futuro.

A la gente de negocios le sirve – y se busca llegar a ellos.

Al XBRL lo ven complejo, pues no se preocupe que Ud. no requiere conocer qué hicieron los que fabricaron los computadores o lo que hacen los productores de software, Ud. lo que requiere es lograr que con un solo clic queden las cosas queden hechas.

Charles Hoffman siente que va en la dirección correcta;  ¿si la SEC lo implementa será que funciona o no? Estados Unidos tiene la tendencia a utilizarlo en el mundo.

Como aplicación estrella.

  • Permite intercambio de información.
  • Tiene facilidad de uso.
  • Sus aplicativos son colaborativos.
  • Tiene reportes financieros que funcionan con I-tunes y Ipod.
  • Apalancará información estructurada.
  • No tiene problemas de normas para ser utilizado.
  • Será de uso económico.
  • En las Carreras de Contaduría tendrá qué estudiarse para que no queden fuera de foco.
  • Es el recurso de más alto uso en tecnología hoy.
  • Quedará implementado en los países con IFRS. Hay países que no están utilizando las IFRS  y que ya están utilizando el XBRL.

Olivier  Servais – Director –XBRL Activites – Pertenece al comité de las IASC Fundation. Es el puente entre IFRS y  el XBRL. Trató el tema “IFRS y  XBRL”.

Se trata de los conceptos de más alto impacto de las finanzas.

Se ofrece la misma calidad en XBRL  de las IFRS.

Hay que reconocer al XBRL como un estándar de facto, sin ser una autoridad pública;  desarrollado para los contadores y hombres de negocios.

El XBRL será mucho más cuando se manejen las IFRS existentes, con lo cual aumentará el rango de usuarios.

Ya está jugando un papel base en la conversión la IFRS.  No es magia, está presente al mapear y  enlazar conceptos.

Todo es gratuito. La actividad del XBRL es gratuita.

Taxonomía XBRL no se producirá ni se dará a conocer nada que no haya sido revisado y probado.

Ya hay libros de XBRL en CHINO.

En el futuro los paquetes contables deben ser compatibles con el XBRL.

Desde Junio de 2008 está siendo utilizando en la información interactiva XBRL según ordenamiento de la SEC.

XBRL fue utilizada para los casi 15.000 elementos  que conforman las US-GAAP.

Tengamos en cuenta que ahora los norteamericanos no son los que más saben en el mundo.

Que no nos importe ver la implementación del XBRL  basta ver los resultados.

Simón Gaviria – Representante a la Cámara quien  lo presentó con el Representante David Luna, como Proyecto de Ley No. 165 en Octubre  de 2007.

En su primera instancia trató de un proyecto de Adopción de las NIIF, para presentación de informes contables que no fue aprobado pero que se modificó así.

Debates en la Cámara de Representantes.

Aprobado en primero y segundo debate de la Cámara de Representes el 16 de Junio y el 12 de Noviembre de 2008 pero como un proyecto de Convergencia con la denominación

“Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptadas en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento”.

Debate en el Senado

El 29 de Abril de 2009 es presentado con algunas modificaciones al Senado de la República para segundo debate con ponencia del Senado Aurelio Iragorri Hormaza

Dadas las condiciones actuales debido al acuerdo entre los congresistas, y a la facilidad para ser conciliado será Ley de la República antes del 20 de Junio de 2009.

El representante hizo hincapié  en varias  características básicas del proyecto

1º. Se otorgan al Presidente facultades extraordinarias con la figura de intervención económica para expedir normas contables de información financiera y de aseguramiento de la información; dirigidas a la convergencia de tales normas con normas internacionales de aceptación mundial definidas en el artículo 3º de la Ley; esta intervención permite ordenar el sistema de documentación contable.

2º. Establece que en esta intervención ciertos obligados lleven contabilidad simplificada que cumplan con los requisitos del artículo 499 del ET, pudiendo exceptuar a las microempresas de todas o algunas obligaciones establecidas. Exigiendo que en todo caso se lleve contabilidad por caja.

3º. Se establece separación de las normas contables de las tributarias.

4º. Se explica claramente el significado y el alcance de las normas de aseguramiento de la información, teniendo la atribución de establecer normas de auditoría integral.

5º. Se establece que los emisores bajo la dirección de la Presidencia para expedir normas son la Contaduría General de la Nación para el sector público y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo  obrando conjuntamente para expedir normas señaladas.

  • Que lo que sea de competencia del Consejo Técnico de la Contaduría sea  un proceso abierto y de público conocimiento.
  • Se considerarán las recomendaciones y observaciones de la DIAN y otros organismos estatales.
  • Tendrá en cuenta que al elaborar el texto definitivo se tengan en cuenta las observaciones.
  • Tendrá en cuenta que el  texto deberá ser publicado en medios que garanticen amplia divulgación.
  • Buscará lograr que  las normas establecidas por otras autoridades de la rama ejecutiva en esta materia sean  consistentes. Emitiendo conjuntamente opiniones no vinculantes o sea no obligatorias.

6º.  Establece que será el Consejo Técnico de la Contaduría el organismo que hará las propuestas de las normas a aplicar para lo cual deberá tener en cuenta:

  1. Enviar cada seis meses el programa de trabajo que vaya a estudiar
  2. Se garantizará que sus propuestas se ajusten a las mejores prácticas  internacionales
  3. Para lograr la convergencia se hará utilizando  las normas internacionales recientes expedidas por organismos emisores de estándares internacionales  reconocidos a nivel mundial.
  4. Establecerá las claras diferencias de los entes económicos para las normas de acuerdo con la escalabilidad establecida.
  5. Buscará la participación voluntaria de reconocidos expertos en la materia
  6. Establecerá Comités Técnicos ad honorem
  7. Considerará las recomendaciones de la DIAN y otros organismos del Estado
  8. Publicará los borradores de sus proyectos en los medios  que garanticen amplia divulgación. Para que una vez estudiados los Ministerios señalados los publique en forma definitiva.
  9. Establecerá que sus decisiones sean adoptadas en tiempo razonable  y las menores cargas para los destinatarios.
  10. Participará en los procesos de la elaboración de las normas internacionales que adelanten instituciones internacionales y para ello autoriza la membresía o afiliación, pagos de derecho de autor y cuotas de apoyo para su funcionamiento.
  11. Promoverá un consenso nacional  en torno a sus proyectos evitando duplicidad o repetición de trabajos.
  12. Promoverá la socialización y sensibilización sobre las normas internacionales durante las etapas de implementación. Todo esto coordinado con los Ministerios señalados.

7º. Se ratifica la condición de autoridad disciplinaria de la Junta Central de Contadores.

8º. Establece para las entidades de inspección control y vigilancia lo siguiente:

  • Que deben Vigilar el cumplimiento de estas normas aplicando las sanciones necesarias.
  • Deben expedir de ser necesario normas técnicas especiales  e interpretaciones  excepto la Superintendencia Financiera de Colombia

9º. El gobierno modificará la conformación, estructura  y funcionamiento del Consejo Técnico de la Contaduría  y de la Junta Central de Contadores.

10. Se establece que tanto la Junta Central de Contadores como el  Consejo Técnico de la Contaduría  contarán con recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones

  • La Junta Central de Contadores podrá destinar los recursos que actualmente cobra por diversos conceptos.
  • Al Consejo Técnico  se le asignarán recursos del presupuesto nacional pero que serán administrados y ejecutados por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo.
  • Al  reorganizar el Consejo Técnico se tendrá en cuenta que por lo menos ¾ partes  de los miembros sean Contadores Públicos. Igualmente se establece que los que lo integran deberán demostrar una experiencia de más de 10 años en áreas y especialidades que señala la Ley.
  • Al conformar esta entidad  se  garantizará  que el grupo se componga de personas que combinen las mejores habilidades técnicas y experiencia.

11. Establece que los organismos del Estado  y que tengan competencia sobre entes privados o públicos deberán garantizar que sean homogéneas, consistentes y comparables.

12 La primera revisión por parte del Consejo Técnico de la Contaduría deberá ser presentada dentro de los 6 meses siguientes a la promulgación de la Ley. Dicho plan, una vez revisados por los ministerios, deberá ejecutarse dentro de los 24 meses siguientes a la promulgación de esta ley.

Se debe tener en cuenta finalmente que las normas contables vigentes  conservarán su vigor hasta que salga la nueva disposición expedida en el desarrollo de esta Ley.

Las normas expedidas en cumplimiento de esta Ley entrarán en vigencia el 1º de enero del 2º año gravable siguiente a la promulgación.

13. Para las personas jurídicas no comerciantes que no tengan una normatividad completa o en la cuales se adviertan vacíos legales, se aplicará en forma supletiva el código de comercio.

14. Si hay empresas o entidades adelantando procesos de convergencia con las NIC- IF – AI podrá continuar haciéndolo, pero respetado el marco normativo vigente. Dichas Normas serán revisadas por le Consejo Técnico de la Contaduría  para que haya concordancia con las aquí expedidas.

En resumen

Las Normas se podrán denominar (NCIFAI) Normas de Contabilidad e Información Financiera y Aseguramiento de la Información

1º. Habrá un Emisor Único. Acabando con las atribuciones de las Superintendencias y otros organismos del Estado para un total de 39 emisores de normas contables que  tienen actualmente 19 Planes únicos de Cuentas PUCS.

2º. Habrá por lo tanto un solo estándar contable. Cedieron poderes las Superintendencias y la  misma DIAN, despolitizando el proyecto y cediendo estos poderes al Consejo Técnico de la Contaduría.

3º. Se establece la obligación de crear un régimen simplificado  con cierto grado de escalabilidad.

4º. Se separan las normas contables de las tributarias

5º. Se establece un plazo para su puesta en marcha

6º. Se dan poderes una vez reestructurado al Consejo Técnico de la Contaduría y con recursos para su  funcionamiento como ente idóneo para redactar las normas.

7º. Se establece que igualmente la Junta Central de Contadores podrá ser reestructurada.

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