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EPS tramposas siguen negando licencia de paternidad con argumento jurídico de la Ley 755 de 2002


EPS tramposas siguen negando licencia de paternidad con argumento jurídico de la Ley 755 de 2002
Actualizado: 6 mayo, 2014 (hace 10 años)

La Ley 1468, sobre el tema de licencia de paternidad, argumenta que el hombre debe haber cotizado las semanas previas al parto de su hijo, lo que significa que son dos semanas. La Ley 755 de 2002 o Ley María ya no aplica para el tema.

Hay muchas EPS que se están amparando ilegalmente usando una ley que ya está derogada tácitamente y así negarle al padre de familia el derecho a gozar una licencia remunerada durante los primeros 8 días hábiles de vida de su hijo.

Cabe recordar que la licencia de paternidad nace en otrora de una ley conocida como la Ley María (Ley 755 de 2002), la cual está derogada tácitamente. Inicialmente se exigía que el hombre trabajador cotizante, tenía que haber cotizado 100 semanas (2 años) previas al parto de su hijo. Pero la Corte Constitucional determinó que era inconstitucional pedirle más del tiempo que se le pedía a la madre. Se bajó entonces de 2 años al tiempo de gestación del hijo.

En consecuencia la Ley 755 y el fallo de la Corte Constitucional de esta ley no aplica. Es así como en el año 2011 llega la Ley 1468 y reforma el art. 236 del Código Laboral donde se recoge todo lo relacionado a la nueva licencia de maternidad y contempla la nueva licencia de paternidad.

Sin embargo, trampósamente las EPS siguen negando licencia de paternidad con el argumento jurídico de la Ley 755 de 2002.

¿Cuál es entonces el requisito de la licencia de paternidad?

La Ley 1468 nombra al padre que haya cotizado durante las semanas previas al parto de su hijo, no dice cuántas semanas. Pero el Código Civil colombiano dice que las normas claras no se prestan para interpretación y sus palabras se interpretan en su sentido natural.

Entonces la Ley 1468 dice sobre el tema de la licencia de paternidad, que el hombre debe haber cotizado las semanas previas al parto de su hijo, lo que significa que son dos semanas. Si yo se que mi hijo va a nacer dentro de 15 días pues empiezo a cotizar desde hoy, y cotizo dos o tres semanas antes del parto.

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