Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Flash Tributar: Reglamentada Ley de Facturación – J. Orlando Corredor Alejo


Documentos TRIBUTAR

Septiembre 08 de 2009
FLASH 327

Redacción: J. Orlando Corredor Alejo

REGLAMENTADA LEY DE FACTURACIÓN

El pasado 03 de septiembre, mediante el decreto 3327, el Gobierno reglamentó la ley 1231 de 2008 (Ley de facturación). Algunos puntos que sobresalen en el Decreto son:

1. No puede librarse factura que no correspondan a bienes entregados real y materialmente o a servicios efectivamente prestados. Se confirma en este sentido que no puede emitirse factura por el cobro de anticipos.

2. El emisor de la factura debe anotar en cada copia de la factura la expresión “copia”, ya sea en forma preimpresa o por cualquier medio mecánico válido. Las copias de la factura son idóneas para todos los efectos tributarios y contables. Lo anterior cobra relevancia al momento de soportar el gasto.

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Tomado de : www.tributarasesores.com.co

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REGLAMENTADA LEY DE FACTURACIÓN

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