Al comparar las exigencias de información de los años 2015 y 2016 efectuadas por Supersociedades, se puede comprobar que dicho órgano ha decidido no solicitar a partir de 2016 el extenso reporte de “Prácticas Empresariales” que exigía hasta 2015 para las sociedades vigiladas y controladas.
Al comparar las exigencias de información de los años 2015 y 2016 efectuadas por Supersociedades, se puede comprobar que dicho órgano ha decidido no solicitar a partir de 2016 el extenso reporte de “Prácticas Empresariales” que exigía hasta 2015 para las sociedades vigiladas y controladas.
Una vez examinadas las tres circulares que la Supersociedades expidió el 24 de noviembre de 2016 con las instrucciones y plazos para la entrega de reportes del año 2016 (ver las Circulares 201-000009, 201-000010 y 201-000011), se puede comprobar que dicha entidad ha tomado la decisión de no seguir exigiendo el antiguo reporte de “Prácticas empresariales” .
En efecto, hasta los reportes del año 2015 (ver Circulares 201-00007 y 115-000008, ambas de noviembre de 2015), la Supersociedades siempre indicaba que solo las sociedades vigiladas o controladas (excluyendo a las que se encontraran en liquidación judicial, o liquidación voluntaria, y, además, a las sucursales de sociedades extranjeras) debían elaborar el extenso reporte de “Prácticas Empresariales”. Sin embargo, dicha exigencia ya no fue incluida en las Circulares de noviembre de 2016.
El reporte de “Prácticas empresariales” empezó a solicitarse a partir de los reportes del año 2008 (ver Circular 115-00012 de diciembre de 2008 y compararla con la Circular 100-0004 de diciembre de 2007). Entre los años 2008 y 2012, el reporte se elaboraba mediante la opción 31 del software STORM USER. Sin embargo, entre los años 2013 a 2015 el informe se elaboró con la opción 42 del mismo software.
La responsabilidad de la elaboración del reporte solo corría por cuenta de aquellos que, a la fecha de entrega del mismo, tenían la condición de administradores de la respectiva sociedad (representante legal y juntas directivas). Vale mencionar que dicho reporte no requería ningún documento adicional. Si durante el año la sociedad tenía más de un corte financiero, el reporte de “Prácticas empresariales” se efectuaba respecto a lo que sucedió durante todo ese periodo.
En su exigencia por el año 2015, el reporte de “Prácticas Empresariales” consistió en un cuestionario con un total de 50 preguntas divididas en tres secciones, que indagaban sobre temas como los siguientes: