Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingreso Base de Liquidación –IBL- para parafiscales, según el Mintrabajo


Ingreso Base de Liquidación –IBL- para parafiscales, según el Mintrabajo
Actualizado: 24 abril, 2012 (hace 12 años)

El Ministerio del Trabajo acaba de expedir la Circular 18 del 16 de abril de 2012 mediante la cual define que conceptos forman parte de la base salarial que determina el Ingreso Base de Cotización en Parafiscales, tema que tiene muchos mitos y verdades.

Existe mucha confusión sobre los pagos que son o no constitutivos de salario para el pago de parafiscales (Caja de compensación, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar).

Dicha confusión se da con los valores que se pagan por vacaciones disfrutadas, al igual que el dinero correspondiente a la compensación que ahora se permite hasta la mitad según la Ley 1429 de 2010.

De igual manera en el caso del salario integral, pues también se genera confusiones.

Los pagos no constitutivos de salario, como auxilios alimentarios, de rodamiento, gastos de representación y viáticos.

Al igual que las bonificaciones, habituales y ocasionales y pactos de desalarización.

Para resolver todas esas dudas sobre los valores que son base salarial –IBL-, para el pago de parafiscales, es menester que todas las personas vinculadas a nómina lean la siguiente Circular 18 de 2012, que acaba de publicar el Ministerio del Trabajo:

Circular 18 de 2012 (16 abril) del Ministerio del Trabajo

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