¿La razón?: la nueva cantidad de entidades y personas obligadas a reportar la información requerían de tiempo de enterarse y preparase para cumplir con semejante avalancha de datos que esta vez les tocaría reportar.
En efecto, serán muchos más los obligados a reportar esta vez la información del artículo 631 del E.T. y mucha más la cantidad de datos que le harán llegar a la DIAN, pues el tope de Ingresos Brutos obtenidos en el año 2007 y que obligan a suministrar toda la información del artículo 631 del ET (con los datos de las declaraciones de renta y de IVA del 2008) ya no será de $1.500.000.000 sino de $1.100.000.000.
Así mismo, el reporte de los costos y gastos del año 2008 (esta vez incluidos hasta los no deducibles fiscalmente, y que lo realizarán también todas las entidades estatales mencionadas en el artículo 22 del Estatuto Tributario sin importar cual haya sido el monto de sus ingresos en el año 2007) se hará detalladamente por cada tercero cuando el mismo supere los $500.000 durante el 2008.
El prevalidador tributario que se puede utilizar para elaborar estos reportes del año gravable 2008 (y que se entregarían durante el 2009) ya se encuentra publicado en el portal de la DIAN y fue en una conferencia gratuita nuestra cuando explicamos el por qué era necesario que la DIAN lo publicara oportunamente.