Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Pena de Muerte Corporativa – Luis Alberto Penagos M.


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“Si la Sal se corrompe; quién salará la Tierra” (Mateo, 5:13)

Muchos de los distinguidos lectores en Colombia y en el mundo tienen un pensamiento en su cabeza o por lo menos los que trabajamos en Control Interno o en Revisoría Fiscal o como Controller, o como en mi caso que me especialicé y certifiqué en Auditoría Forense. Cuando una entidad de control o de auditoría, llámesele Contraloría, Procuraduría, Veeduría, Contaduría, Defensoría, Fiscalía o simplemente como en Colombia Zar Anticorrupción, cualquiera que sea la ía de tipo gubernamental o también de carácter privado como las firmas de auditoría nacionales o internacionales, todas esas entidades y personas físicas tenemos un código de ética, al cual nos debemos y sobre él juramos cumplir fielmente la Constitución y las leyes de la República (caso de los entes de control estatal) y principios y códigos de Gobierno Corporativo para las Firmas de contadores y contadores públicos profesionales independientes.

Sin embargo, se ha observado a través de los tiempos cómo una actividad tan sagrada como el cuidado de los recursos públicos y privados, a cargo de todos estos entes reguladores y fiscalizadores, no están cumpliendo con su juramento y tampoco cumplen con los preceptos de la Constitución de cada uno de los países de los cuales “los recursos públicos son sagrados”, por qué “si la Sal se corrompe quien salará la Tierra”.

Si un ente de control se corrompe, el que tiene la misión de vigilar que los recursos se utilicen bien y el mismo ente o la misma persona se confabula para cometer un ‘crimen financiero’ porque así es como hay que llamarle al peculado, al desfalco, al faltante, al robo, al despilfarro, al mal manejo de recursos, al desvío de fondos, etc., ni más ni menos un ‘crimen financiero’ que lo ejecuta un ser humano que piensa, un ser humano de inteligencia superior… estos crímenes no los cometen los jaladores de espejos de carros en la esquina de la calle, no señores, estos crímenes los perpetran seres humanos con inteligencia superior, seres humanos capaces de cranearse y maquinar todo un rompecabezas delictivo para consumar el delito, pero como está escrito que “no hay crimen perfecto” y también lo dice el viejo refrán popular “que entre cielo y tierra no hay nada oculto” la verdad siempre saldrá a flote; por eso hoy desde esta tribuna y, a través de este corto artículo quiero refrescar un poco lo que ha venido pasando con ciertas compañías internacionales de auditoría, cuyas prácticas no han sido muy santas, veamos:

  • La Superintendencia de Valores y Seguros Chilena –SVS– resolvió aplicar una multa de USD $47 millones a la PriceWaterhouseCoopers y de USD$ $35 millones al socio de dicha empresa de auditoría externa, Luis Alejandro Joignant Pacheco, por infracción del Reglamento y de la Ley de Sociedades Anónimas vigentes a la época de los hechos que se remonta al 2009, esto sucedió en Chile con el ya olvidado caso de la Polar.

Fuente: By ControlCapital.Net

  • Hasta el 2002, cuando se destapó el millonario fraude de Enron, había una quinta auditora en las grandes ligas norteamericanas: Andersen. Tras ser parte activa de la crisis provocada por la empresa afincada en el sector energético, Andersen fue llevada a la justicia, se vio obligada a cerrar y sus sociedades alrededor del mundo se disolvieron.

Fuente: By ControlCapital.Net

  • El Departamento de Servicios financieros de nueva York manifestó el 18 de agosto del 2014 que PricewaterhouseCoopers (PwC), rama de Regulatory Advisory Services, fue suspendido durante dos años por ayudar a blanquear un informe de cumplimiento de sanciones y antilavado de dinero del Bank of Tokyo Mitsubishi (BTMU). La suspensión de 24 meses prohíbe a PwC aceptar contratos de consultoría con las entidades financieras reguladas por el New York State Department of Financial Services (NYDFS).

Fuente: By ControlCapital.Net

  • La Auditora KPMG sancionada en Holanda con 7 millones € por disfrazar pagos sospechosos. El 30 de diciembre del 2013 KPMG llegó a un acuerdo con las autoridades holandesas para resolver los cargos por no cumplir con sus obligaciones como auditor de la empresa holandesa de construcción Ballast Nedam a la que habría permitido camuflar pagos sospechosos.

Fuente: By ControlCapital.Net

  • Sanción de 12 millones a Deloitte. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas –ICAC–, dependiente del Ministerio de Economía, ha decidido multar a la auditora por su “actuación en Bankia durante la salida de la bolsa en el 2011

Fuente: El Mundo, edición de 10.09.2014

Solo por mencionar algunos hechos pasados y no hacer muy larga esta publicación, hoy nuestra Junta Central de Contadores acaba de sentar un precedente contra otra firma Internacional, la muy encopetada Grant Thornton Fast & ABS auditores, le han aplicado la Pena de Muerte Corporativa como si estuvieran conscientes de que precisamente la Ley Sarbanes-Oxley de julio 30 del 2002 estipula aplicar la Pena de Muerte Corporativa a toda entidad de regulación, auditoría externa o Firmas de contadores particulares que participen, se confabulen o conspiren para defraudar una entidad estatal, o una entidad privada sin perjuicio de las acusaciones penales, administrativas o pecuniarias a las que se deben someter como producto de la investigación.

La Pena de Muerte Corporativa se aplica a la firma, persona jurídica; y la pena de muerte civil y administrativa se aplican a las personas físicas para que nunca en la vida vuelvan a defraudar la confianza pública, para que nunca en vida vuelvan a ostentar cargo alguno de carácter público, para que por ningún motivo ni en forma personal, ni por interpuestas personas, ni a través de otras compañías del grupo holding puedan seguir sus prácticas malévolas.

Sin embargo, se ha puesto de moda que cuando una entidad de estas sabe que eso es lo que le va a pasar, entonces de inmediato tiene su plan B; crear otras empresas que hagan lo mismo con otros nombres y otros socios y a veces hasta con los mismos socios, pero como las entidades de control no las detectan a tiempo, ellas siguen atendiendo sus clientes como si nada pasara. Por ello, les recomiendo a todas las entidades que son auditadas por estas y otras firmas nacionales e internacionales, que acudan a la Junta Central de Contadores –JCC– para que les expidan los certificados de antecedentes disciplinarios y tomen la decisión de aplicarles también la Pena de Muerte Corporativa.

Autor:

C.P. Luis Alberto Penagos M.

Luis Alberto Penagos M.
Contador Público, Auditing Investigative Forensic. Auditing Invetigative Forensic. Miembro de ALIFC (Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y Crimenes Financieros) Consultor CEO de P&P Auditing and Consulting Consultor Empresarial. Email: lapenagosm@gmail.com
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